Begoña Gómez no acude a la cita para que Peinado le comunique que si hay juicio por malversación será un jurado

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La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, no ha acudido a la cita ante el juez Juan Carlos Peinado para que le informase de que si iba a juicio por presunta malversación en el nombramiento de su asesora, será juzgada por un jurado popular, es decir, por ciudadanos y no por un tribunal compuesto por jueces.

El titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid citó para este sábado a las 18.00 horas a todas las defensas y acusaciones para cumplir con este trámite legal en el marco de la pieza separada en la que investiga si se produjo un desvío de dinero público en la designación de la trabajadora de Moncloa y si ésta desempeñó funciones privadas para la mujer del jefe del Ejecutivo.

La incógnita de si la esposa de Pedro Sánchez acudiría personalmente al juzgado, porque no estaba claro que tuviera que hacerlo, se ha mantenido hasta el último momento y finalmente ha optado por estar representada por su letrado, el ex ministro socialista Antonio Camacho.

Los otros dos investigados en esta pieza separada son la asesora de Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre. Los dos estaban citados a su vez para comparecer este sábado ante el juez, pero han optado también por no acudir personalmente y enviar solamente a sus letrados.

LA DEFENSA SE AMPARA EN UNA CIRCULAR DE LA FISCALÍA

Fuentes gubernamentales consultadas por Europa Press han indicado que las defensas se han amparado en una circular de la Fiscalía del 29 de diciembre de 1995 sobre el proceso ante el tribunal del jurado, que fija que la presencia de los investigados en la comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado “no es indispensable”.

Dicha circular sostiene que en este tipo de comparecencias solo se concretan los términos de la imputación y es suficiente con que acuda la defensa del investigado porque “no se practican diligencias de instrucción y por tanto, tampoco la declaración del imputado”.

Según fija la ley, en la comparecencia el juez escucha a la Fiscalía y al resto de acusaciones –en este caso, la acusación popular dirigida por Hazte Oír–, “quienes concretarán la imputación”. Luego será el turno de las defensas, que podrán reclamar el archivo. Todas las partes “podrán solicitar las diligencias de investigación que estimen oportunas”.

En este caso, la vista tiene lugar seis meses después de que Peinado abriera esta pieza separada para indagar en la contratación de Álvarez. En mayo acordó investigar a Martín Aguirre por malversación y, en ese momento, descartó atribuir dicho delito a Gómez y a Álvarez, aunque finalmente fijó su imputación el 18 de agosto.

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