Irene Montero defiende crear un delito fiscal para directivos de empresas por repercusión de impuestos

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La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha defendido la propuesta de Podemos para crear un nuevo delito fiscal a directivos de grandes empresas que decidan repercutir el coste de los impuestos a sus clientes.

“Tienen que saber que el Gobierno va a tener mano dura con quienes pretendan saltarse la ley para repercutir aún más consecuencias de la crisis económica”, ha trasladado en rueda de prensa posterior a la Conferencia Sectorial de Igualdad, celebrada en Tenerife,

De esta forma, ha explicado que el PSOE, su socio de coalición, para reivindicar que se trata de “una buena propuesta” que ya han trasladado al PSOE y espera poder debatirla en el seno de la coalición, porque el contenido principal es proteger a las economías familiares del país.

La titular de Igualdad ha destacado que es importante que el conjunto de los ciudadanos sepan que tienen un Gobierno que “está a su lado” y dispuesto a tomar medidas para un reparo “justo” de las consecuencias de la guerra “injustificable” de Ucrania provocada por el presidente ruso, Valdimir Putin.

También ha destacado que es el momento de que las grandes empresas aporten “más” porque las mayorías sociales ya han realizado “suficiente esfuerzo” desde la pandemia.

De esta forma, ha argumentado que el mandato del ejecutivo es repartir de forma “justa” las cargas de las consecuencias socioeconómicas de este conflicto, en cumplimiento “estricto de la Constitución” que antepone el interés general y marca, además, una fiscalidad “justa”.

PENAS DE HASTA 10 AÑOS

Ayer, el grupo confederal remitió al PSOE su propuesta que contempla penas de hasta diez años de prisión para los directivos que incurran en esta práctica de repercusión de impuestos ante el nuevo tipo extraordinario que lanzará el Ejecutivo para las eléctricas y la banca.

Concretamente, la formación estipula un nuevo artículo, el 284 bis del Código Penal, que estipula un castigo de uno a cinco años de prisión, y una multa de 12 a 24 meses, para los administradores de grandes compañías de servicios y bienes de primera necesidad, que alteren precios de venta a los clientes para trasladar la carga de modificaciones tributarias que afecten a su actividad económica.

Es más, incluye un agravante para el caso de entidades que operen en sectores estratégicos de la economía nacional y cuando la conducta afecte “gravemente” al interés general, que eleva la pena de prisión de dos a diez años, al igual que la multa económica, que sube de dos a cinco años.

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