El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado en líneas generales la sentencia dictada por la Audiencia Nacional sobre la pieza separada de la ‘Gürtel’ relativa a los contratos irregulares de AENA, firmados entre 2000 y 2002, con el grupo de empresas de Francisco Correa, para quien ha confirmado la pena de seis años de prisión –reducida en seis meses– y ha rebajado en casi 390.000 euros la multa impuesta.
En una sentencia de 196 folios, firmada este 28 de julio y recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal ha acordado rebajar la condena de Correa –de seis años y nueve meses de cárcel a seis años y tres meses– y la multa –que pasa de 654.000 euros a 265.000 euros– tras apreciar un atenuante de dilaciones indebidas.
El tribunal ha estudiado el recurso presentado por el líder de la ‘Gúrtel’ en el que alegaba haber sufrido dilaciones indebidas durante el procedimiento. Según consta en la resolución, los magistrados han estimado parcialmente la impugnación tras reconocer que que la causa de AENA “no presenta una complejidad de investigación tan marcada como en otras piezas” de la trama. En este sentido, han asegurado que son “conscientes” del “importante tiempo transcurrido desde el inicio de las investigaciones”.
En el marco de su recurso, Correa también defendió que durante la instrucción de la causa se vio afectado su derecho de confidencialidad en la relación abogado-cliente por la decisión del entonces juez instructor Baltasar Garzón de interceptar las comunicaciones de los letrados y los principales acusados.
El Supremo ha reconocido que “se produjo una importante transgresión del derecho de defensa”, pero ha recordado que el exmagistrado fue apartado de su cargo. En este sentido, además, ha subrayado que “no puede proclamarse que cualquier restricción devenga incompatible con la validez del procedimiento en su conjunto”. Por ello, ha estimado que “no procede acordar la nulidad de todo el proceso” en los términos reclamados por Correa.
Así, en la sentencia, la Sala ha confirmado la condena por delitos continuados de cohecho activo, fraude a las administraciones públicas, falsedad en documento mercantil y prevaricación. Además, se le comisa el beneficio que obtuvo como consecuencia de estos contratos, unos a 2,2 millones de euros.
Artículo elaborado por EM a partir de un teletipo de
Tu opinión
Existen unas normas para comentar que si no se cumplen conllevan la expulsión inmediata y permanente de la web.
EM no se responsabiliza de las opiniones de sus usuarios.
¿Quieres apoyarnos? Hazte Patrón y consigue acceso exclusivo a los paneles.