Siento sustituir la entrada anterior por esta, sobre todo por las respuestas que había recibido, pero prefiero eliminar el spoiler que estaba dándome problemas y no sé si a vosotros también. Aquí va pues:
Buenos días a todos. En primer lugar, aprovecho para dar créditos a @karl , porque gracias a su comentario del otro día (así como a un pequeño "conflicto familiar" xd) me he animado a indagar más sobre este tema y construir una argumentación razonable.
También aprovecho para comentar que no sabía bien en qué sección del foro incluir esta sección y me he decidido por esta por ser un tema de candente actualidad. Asimismo, apelo al interés de los que dediquen su preciado tiempo a leerme a ampliar algo más, pues creo que es mejor que yo haga un resumen y porque mi análisis está necesariamente supeditado a mi opinión subjetiva.
Primero haré una breve introducción al tema, seguida de un análisis estadístico y de un análisis jurídico y acabaré con una conclusión. Espero ansioso vuestras respuestas.
Pues bien, como la mayoría sabréis, existe una campaña propagandística desde hace un tiempo cuyo epicentro es la ocupación ilegal de viviendas. A mi juicio, caben destacar dos factores: el primero, su estrecha relación con la migración ilegal y la cercanía de estas posiciones a la xenofobia y el racismo; el segundo, que muy seguramente esta campaña se trama en las sombras por los grandes lobbies que ostentan el poder fáctico (cuyas cabezas de turco son algunos partidos políticos relacionados a la órbita posfascista y algunos medios de diversa índole).
Sin importarme las causas de esta campaña, sí que me importan las consecuencias que tiene para la sociedad civil, para la democracia y para el Estado de Derecho, y esa es precisamente la función de esta entrada, ya que veo que asciende peligrosamente el discurso de la pseudo-izquierda que defiende a ultranza la propiedad privada sobre el derecho a la vivienda y apoya a mafias que hacen el equivalente en adultos al bullying y extienden discursos de odio, mientras son impunes ante la ley.
Ahora bien, preguntémonos: ¿cuántas viviendas españolas son ocupadas?¿cuántas son hogares de personas y familias?. Pues veréis, en 2019 hubo 14.621 denuncias en España, trámite cuasi-imprescindible cuando una vivienda es ocupada, según en Ministerio del Interior; hubo en España, en 2017, 87.000 ocupaciones según el Institut Cerdá; por último, según PN & GC, en la CAM en 2019, hubo 4717 ocupaciones. Estos datos varían poco con el tiempo, y de hecho las variaciones dependen del sinhogarismo fruto de las crisis económicas que se van dando lugar, no de otra cosa.
Con estos datos, y teniendo en cuenta que según el censo mas actualizado, el parque de viviendas español consta de 25 mill. de viviendas (de las cuales 3.5 mill. están es completo desuso), el porcentaje de viviendas ocupadas fluctúa entre el 0.0035% y el 0.0006%, de las cuales sólo el 0.12% de viviendas pertenecen a particulares y no a bancos y sociedades.
Ahora bien, se entiende que los propietarios -en especial los particulares cuya vivienda ocupada sea su propio hogar- merecen una protección jurídica. Veamos cuál es:
Según el Código Penal, en sus artículos 202.1 y 245.2, se distinguen dos delitos relacionados con el tema respectivamente: el allanamiento y la usurpación. El primero, apela a la ocupación sin permiso del propietario de los inmuebles que constituyan morada, esto es, a la residencia particular de alguien; el segundo, apela a la ocupación sin permiso del propietario de los inmuebles que no constituyan morada, esto es, a cualquier inmueble que no sea la residencia particular de alguien.
Ante el delito de allanamiento (se entiende, de morada) se imponen penas de cárcel, y en pos de proteger el derecho a la vivienda y a la intimidad (recogidos en los artículos 47 y 18.1 CE), se aplicará una actuación policial inmediata a petición del propietario del inmueble (sea tras un día o tras un año de haber sido ocupada). A este punto se pueden acoger las viejitas que aparecen en las noticias apelando a los sentimientos de los desinformados.
Ante el delito de usurpación se imponen medidas de multa, y en pos de proteger el derecho a la propiedad (recogido en el artículo 33.1 aunque subordinado al interés general en 33.2 CE), se aplicará la actuación policial pertinente sólo a expensas de una orden judicial (sin perjuicio de responder judicialmente el delincuente al delito cometido). A este punto se pueden acoger los bancos multi-propietarios, los particulares propietarios de segundas viviendas y los múltiples herederos de una propiedad.
Por tanto, y a modo de resumen, no es cierto que la ley desampare a los propietarios de viviendas (sino quizás un mal asesoramiento judicial), no es cierto que les paguemos todo a los inmigrantes (sino que son personas sin hogar que se buscan la vida ocupando viviendas vacías y en desuso), no es cierto que se viole el derecho a la propiedad, y mucho menos el de la intimidad y el de la vivienda (sino que se hace por las vías judiciales habilitadas para ello). Y seguro que me dejos nos por el camino.
Y mi conclusión al respecto es que: 1) el derecho a la propiedad está subordinado al derecho a la vivienda (según la propia CE); 2) tal derecho es inequívocamente ilegítimo si violenta el Estado del Bienestar; 3) las viviendas ocupadas son, en su abrumadora mayoría, propiedades vacías de grandes tenedores que coinciden con los poderes fácticos que promueven la campaña anti-ocupación lo que me lleva a 4) una defensa a ultranza y un apoyo claro y cristalino a la desobediencia civil via ocupación de tales viviendas para politizar los motivos de su existencia y para demostrar que 5) la única solución viable y justa es la socialización de la vivienda para garantizar el derecho fundamental de todos a una vivienda digna.
Un saludo.
La cantidad no afecta a la calidad. Que la mayoria de los delitos con daños personales sean leves no implica que condenemos rotundamente los homicidios.
Serán pocos los casos en los que se ocupan viviendas habituales o segundas residencias, pero haberlos haylos. Y por tanto hay que perseguirlo y proteger a los propietarios.
Si esto ha sido noticia estos días es porque la familia desalojada de su vivienda habitual tenía hijos pequeños y los que ocuparon su vivienda exigieron dinero, creo que 1.500 euros, por largarse.
Y tampoco veo la relación entre ocupación e inmigración. En los medios salen muchos casos de ocupación que no están en absoluto vinculados a la inmigración. Además los medios con frecuencia censuran esa información por lo que ni siquiera se sabe si los que ocupan son inmigrantes.
Este hilo explica muy bien el tema okupa:
https://twitter.com/JudgeTheZipper/status/1298758137198112778
Yo no creo que haya campaña, o al menos ahora, siempre la hubo. La diferencia es que ahora la repulsa al fenómeno Okupa se está volviendo transversal. Ya es muy difícil explicar que puedas tener problemas con la justicia por incluso Okupar tu propia casa cuando el Okupa se fue de vacaciones.
Es tal ya el grado de incoherencia y surrealismo que hasta los que lo defendían hace años se están volviendo "Nazis" respecto al tema. Y yo los felicito por ello.
Gracias a Dios como digo, la repulsa se está volviendo transversal, lo que está generando que la respuesta policial en muchos casos sea más rápida y contundente, además de múltiples grupos que empiezan a surgir que ayudan a los ciudadanos a recuperar sus casas.
Si alguien no ve cumplido su derecho a una vivienda digna, la culpa es del Estado por no cumplir con el mandato constitucional, no de los propietarios de las viviendas (vacías o no).
Yo abogo por aumentar la presión fiscal sobre las viviendas vacías, y utilizar lo recaudado para ofrecer alternativas a quienes necesiten un hogar, a la vez que actuaría con mucha más severidad y firmeza contra los okupas.
El allanamiento de morada será llamado por cierta izquierda "ocupación" hasta que se lo hagan a los Iglesias-Montero en Galapagar. Entonces pasarán a llamarlo allanamiento o usurpación.
Más o menos como con los escraches.