El pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado por unanimidad investigar al expresidente de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón por su actuación durante la dana del 29 de octubre de 2024 al no apreciar “un fundamento sólido y objetivo” de que los hechos descritos en la exposición elevada por la magistrada instructora revistan carácter de delito.
La resolución ha sido adoptada por los cinco magistrados que integran el órgano judicial, quienes han descartado declarar su competencia para abrir una causa penal contra Mazón. En su auto, el tribunal fundamenta su decisión principalmente en que el expresidente no ostentaba la posición de garante de un deber u obligación específicos que exige el delito de homicidio por imprudencia en su modalidad de comisión por omisión, uno de los tipos penales que se habían planteado en relación con la gestión de la riada.
El auto, que fue notificado este lunes, responde a la exposición razonada que elevó el pasado 24 de febrero la magistrada que instruye la causa en el Tribunal de Instancia de Catarroja. En dicho documento, la jueza solicitaba al TSJCV que investigase al ex jefe del Consell por su actuación durante la dana que afectó a varias localidades valencianas, un procedimiento que debía tramitarse ante el alto tribunal autonómico debido a su condición de aforado.
En el momento de los hechos investigados, Mazón ejercía como presidente de la Generalitat Valenciana, y en la actualidad es diputado en Les Corts, lo que mantiene su aforamiento ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV. Sin embargo, los magistrados concluyen que no existen elementos suficientes que permitan atribuirle responsabilidad penal por los hechos descritos en la exposición elevada por la instructora.
La resolución judicial, que consta de un total de 70 páginas, se limita a analizar la posible responsabilidad penal del expresidente de la Generalitat y concluye con el archivo de las actuaciones respecto de él. El tribunal aclara que la decisión no se pronuncia sobre la situación procesal de la exconsellera de Justicia y Emergencias Salomé Pradas ni del exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, quienes continúan investigados dentro del procedimiento abierto por la gestión de la dana.
En las últimas semanas, la Fiscalía del TSJCV ya había emitido un informe en el que solicitaba al tribunal la devolución de la causa al juzgado instructor para que continuara con la investigación. El Ministerio Público consideraba que, en el momento procesal actual, no existían “indicios suficientes de criminalidad” contra Carlos Mazón en relación con la gestión de la riada.
No obstante, el propio informe de la Fiscalía señalaba que el panorama probatorio podría variar conforme avanzara la instrucción, especialmente con la incorporación de nuevas declaraciones testificales o documentación relevante que permitiera esclarecer las circunstancias de los hechos.
Finalmente, el TSJCV ha adoptado la misma línea de interpretación y ha descartado abrir una investigación penal contra el expresidente valenciano. La decisión ha sido adoptada por los cinco magistrados que integran la Sala de lo Civil y Penal del tribunal: el presidente del TSJCV, Manuel Baeza, junto a Pía Calderón —ponente del auto—, José Francisco Ceres, Antonio Ferrer y Vicente Torres.
Con este pronunciamiento, el alto tribunal autonómico cierra por el momento la vía penal respecto a Carlos Mazón dentro de la causa relacionada con la dana del 29 de octubre de 2024, mientras la investigación continúa en el juzgado respecto a otros responsables de la gestión de emergencias durante el episodio de lluvias torrenciales.

























































































































































































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