La investigación de la Eurocámara da la razón al exasistente parlamentario que denunció al eurodiputado electo de Junts, Toni Comín, por acoso sexual y psicológico. El Parlamento Europeo asegura que ha investigado y se ha entrevistado con varios “testigos creíbles” que “confirman” las alegaciones denunciadas por el trabajador parlamentario, y afirma que tiene “pruebas suficientes” de “prima facie” que “justifican” llevar el caso a los tribunales, según una resolución confidencial de la cámara comunitaria.
Por su parte, Comín niega “rotundamente todas las acusaciones” y sostiene que nunca ha sido llamado por el Parlamento Europeo para exponer su versión de los hechos. El dirigente vinculado a Junts 🍈 advierte además de que se reserva el derecho a emprender acciones legales contra quienes le denuncian por considerar que actúan con voluntad de difamación.
La Eurocámara apunta que, basándose en los testimonios y en un estudio preliminar elaborado a partir de una investigación de sus propios servicios, la actitud atribuida a Comín podría considerarse acoso psicológico y sexual según las normas de las instituciones europeas. Así, el Parlamento Europeo defiende la continuación del procedimiento del caso en la justicia ordinaria e, incluso, se ofrece a dar apoyo financiero al exasistente y sufragarle los costes de los abogados.
La resolución considera que Comín podría haber infringido el punto del reglamento que define el acoso psicológico como cualquier conducta abusiva persistente, repetida o sistemática que mine la personalidad, la dignidad o la integridad física o mental de una persona, así como el relativo al acoso sexual. La denuncia recoge “tocamientos, insinuaciones e interrogatorios sobre la vida sexual” del exasistente, además de supuestos maltratos de carácter laboral, con broncas y amenazas de despido. También incluye reproches, gritos y comentarios fuera de lugar con carga sexual.
El exasesor denunció igualmente que la búsqueda de contacto físico fue creciendo con el tiempo hasta llegar, según su relato, a momentos “insoportables”. En uno de los episodios descritos, sostiene que Comín lo sorprendió mientras se vestía y se quedó mirándolo “lascivamente”, además de invadir su intimidad usando su lavabo y su toalla de ducha.
Fuentes europarlamentarias explican que, en caso de que Comín tuviera el acta de eurodiputado, la presidenta de la Eurocámara habría anunciado en el pleno la conclusión de la investigación y las sanciones potencialmente aplicables. Sin embargo, como no tiene el escaño, el Parlamento Europeo no puede hacer pública formalmente esta resolución ni su presidenta, Roberta Metsola, puede adoptar una decisión disciplinaria, ya que solo tiene poderes disciplinarios sobre eurodiputados de pleno derecho.
El reglamento contempla como posibles sanciones la retirada de dietas durante entre dos y sesenta días, la prohibición temporal de representar a la institución en delegaciones o foros interinstitucionales, la retirada provisional de cargos dentro del Parlamento Europeo y restricciones de actividad parlamentaria. En ningún caso, no obstante, puede expulsar a un eurodiputado de la Eurocámara ni retirarle el derecho a voto.
El caso en la Eurocámara está cerrado, aunque fuentes parlamentarias indican que, si Comín obtuviera finalmente el acta y recibiera una nueva denuncia, la investigación ya realizada y sus conclusiones seguirían siendo válidas. El propio Comín sostiene que se trata de una resolución “absolutamente preliminar” dictada sin contradicción entre las partes y afirma disponer de pruebas y testimonios suficientes para rebatir las acusaciones.

























































































































































































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