Los boletines oficiales de cada provincia y de cada comunidad autónoma publicarán este miércoles las candidaturas que los partidos y coaliciones han presentado para las elecciones municipales y autonómicas del próximo 28 mayo. Eso sí, no serán definitivas hasta el próximo 2 de mayo.
A partir de su publicación en los boletines, las Juntas Electorales competentes tendrán 48 horas para comunicar a los representantes de las candidaturas las irregularidades que aprecien o que denuncien otros representantes.
Y pasados esos dos días, las candidaturas también tendrán 48 horas para ser corregidas, ya que la Ley Electoral establece que no es posible proclamar aquellas que incumplan los requisitos.
La misma ley determina además que las candidaturas no pueden ser modificadas después de ser presentadas, salvo en el plazo previsto habilitado para subsanar las irregularidades o por fallecimiento o renuncia del titular. Y cuando se trate de listas de candidatos, las bajas que se produzcan tras la proclamación serán cubiertas –marca– por los candidatos sucesivos y, en su caso, por los suplentes.
Será el 1 de mayo cuando las Juntas Electorales proclamen las candidaturas y al día siguiente aparecerán publicadas en los boletines tanto provinciales como autonómicos.
Después, cualquier candidato excluido y los representantes de las candidaturas cuya proclamación sea denegada tienen un plazo de dos días para presentar un recurso contra la decisión de las Juntas Electorales ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo y su resolución habrá de dictarse a los dos días siguientes, aunque con posterioridad se puede acudir en amparo al Tribunal Constitucional.
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