Más de 50 personas encausadas por el proceso independentista catalán todavía no se han beneficiado de la ley de amnistía porque los tribunales a cargo de decidir aplicarla han presentado cuestiones de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (TC) y prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que estudiarán si la medida de gracia tiene encaje en la Constitución Española y en el Derecho Comunitario, respectivamente.
El Tribunal Supremo (TS), la Audiencia Nacional (AN), el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y el Tribunal de Cuentas (TCu) son los órganos con dudas sobre la legalidad de la amnistía que han elevado consultas a dichas cortes, lo que paraliza aplicar la ley a los posibles beneficiarios de cada caso.
Hasta ahora, los magistrados de procedimientos relativos al ‘procés’ –como el ‘caso CDR’ o el del expresidente catalán Quim Torra– han consultado por la aplicabilidad de la norma a varios delitos: terrorismo, desobediencia, prevaricación o malversación.
AL TJUE
El Tribunal de Cuentas –órgano fiscalizador ajeno al Poder Judicial– fue el primero en preguntar a las acusaciones y las defensas de 35 excargos encausados por el presunto desvío de fondos para el referéndum ilegal y la acción exterior del ‘procés’ su postura ante una consulta al TJUE sobre el ajuste de la ley en la lucha contra el fraude y los principios de igualdad y de no discriminación.
A finales del pasado julio, el TCu planteó su cuestión prejudicial al TJUE al considerar que el presunto desvío de fondos, por el que se encuentran encausados el expresidente catalán Carles Puigdemont y otras 34 personas, afecta a los intereses financieros de la Unión Europea.
También el TSJC acordó presentar cuestiones prejudiciales al tribunal europeo respecto al exsecretario de Vicepresidencia de la Generalitat Josep Maria Jové y al exsecretario de Hacienda Lluís Salvadó, encausados por malversación, entre otros delitos, por la organización del 1-O.
A los 35 encausados por el TCu y los dos del TSJC hay que sumar a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) que se encuentran procesados en la Audiencia Nacional por presunto terrorismo en el marco del ‘procés’.
El tribunal ha enviado esta misma semana al TJUE una cuestión prejudicial para que se pronuncie sobre si es aplicable la amnistía al delito de terrorismo atribuido a los CDR. La AN quiere saber si, tal y como los magistrados entienden, contraviene el Derecho Comunitario y si garantiza la impunidad de los delitos.
Para los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, aplicar la amnistía a los CDR “supone enviar un mensaje hacia el futuro (…) en el sentido de que los delitos de terrorismo pueden ser perdonados cuando la intencionalidad de los mismos esté en línea con los intereses políticos de quien dicta la ley de amnistía”.
La Audiencia Nacional deja así en suspenso el procedimiento –se había dictado ya auto de apertura de juicio oral– y la aplicación de la ley de amnistía sobre los procesados hasta que se pronuncie el TJUE sobre las preguntas que le plantea.
AL TC
Respecto a las consultas al Constitucional, el Pleno de la corte de garantías decidirá la próxima semana si admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo sobre el primer artículo de la ley de amnistía.
El TS decidió acudir al TC tras estudiar el caso de dos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia que condenó al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros líderes independentistas del ‘procés’.
Por su parte, el TSJ de Cataluña presentó una cuestión de inconstitucionalidad ante el Constitucional sobre el expresidente de la Generalitat Quim Torra y los exdiputados del Parlament Pau Juvillà (CUP) y Bernat Solé (ERC), así como sobre los ya mencionados Jové y Salvadó y la exconsejera de Cultura Natàlia Garriga.
OTROS CASOS
Al margen, figura también el caso de una treintena de excargos del Govern investigados en el Juzgado de Instrucción Número 13 de Barcelona por presuntos delitos de malversación, desobediencia, falsedad documental y prevaricación por la organización del 1-O.
Aunque los hechos se investigaron en dicho juzgado, su titular entendió que el órgano pertinente para pronunciarse sobre la aplicabilidad de la amnistía era la Audiencia de Barcelona, que planteó a las acusaciones y defensas la posibilidad de consultar al Tribunal Constitucional o al TJUE.
No obstante, la Audiencia de Barcelona posteriormente dejó sin efecto la providencia en la que preguntaba a las partes si tenía que consultar al TJUE y al Constitucional si debía aplicar la amnistía a una treintena de políticos, empresarios y periodistas presuntamente vinculados con el 1-O y devolvió la causa a los juzgados de instrucción.
A la lista de casos que los tribunales barajan llevar a la corte europea o al TC se unirían los eventuales recursos que los propios encausados o condenados en causas relativas al ‘procés’ podrían llevar a Luxemburgo en caso de no contar con el amparo del Constitucional a sus pretensiones.
Durante el periplo judicial que han atravesado los encausados del ‘procés’, sus defensas han insistido en que agotarán todas las vías legales en España para poder llevar sus casos ante el TJUE.
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