El Ayuntamiento de Salobreña (Granada) ha encargado a la Policía Local que realice las actuaciones procedentes para verificar si la candidata de Vox a la Presidencia de la Junta de Andalucía en las elecciones del 19 de junio, Macarena Olona, “reside habitualmente en el municipio” para valorar en su caso “el inicio del correspondiente expediente de baja de oficio” del padrón municipal “por inscripción indebida”.
Así figura en un informe emitido por la Secretaría del Ayuntamiento de Salobreña a raíz de que “en distintos medios de comunicación se ha cuestionado la inscripción” de Olona en el padrón municipal, autorizada por el Ayuntamiento el pasado 25 de noviembre, “a la vista de las manifestaciones realizadas por el propio titular de la vivienda”, el líder de Vox en la provincia de Granada, Manuel Martín.
La baja de Olona del padrón municipal de Salobreña afectaría a su candidatura a las elecciones autonómicas del 19 de junio como cabeza de lista de Vox por la provincia de Granada, ya que los candidatos están obligados a presentar “certificado de inscripción en el censo electoral o en el padrón municipal, al objeto de acreditar su condición política de andaluces” de acuerdo con una instrucción de la Junta Electoral de Andalucía.
Según el informe de la Secretaría del Ayuntamiento, consultado por Europa Press, la inscripción de Olona en el padrón “se autorizó previa verificación del cumplimiento de los requisitos legalmente exigibles acreditando el usufructuario de la vivienda el título de uso de la misma mediante nota simple registral y la autorización de residencia en la misma”.
Sin embargo, la Secretaría del Ayuntamiento considera que, ante la difusión de informaciones en diferentes medios de comunicación “cuestionando” la inscripción de Olona en el padrón municipal, “procede que los servicios de la Policía Local realicen las actuaciones procedentes al objeto de verificar que la interesada reside habitualmente en el municipio”.
A la vista del informe que emitan los servicios de la Policía Local, el Ayuntamiento “procederá, en su caso, al inicio del correspondiente expediente de baja de oficio por inscripción indebida en los términos señalados, requiriéndose, en todo caso, la audiencia previa de la interesada”.
En caso de iniciarse efectivamente el expediente, el Ayuntamiento deberá dar audiencia a Olona “para que en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, pueda manifestar si está o no de acuerdo con la baja pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside durante más tiempo al año, en el caso de vivir en varios municipios”.
La alcaldesa de Salobreña, María Eugenia Rufino (PSOE), defendió el pasado viernes en un comunicado que en el empadronamiento de Olona en todo momento se había seguido “el procedimiento establecido por ley, que exige la autorización expresa del titular de la vivienda y la firma de la persona interesada, tal como consta en la solicitud, por lo que no se ha producido ninguna irregularidad”.
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