Pase lo que pase el 28A, d’Hont no tendrá la culpa

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El 28A se celebran elecciones Generales. Elegiremos 350 diputados y la circunscripción electoral es la provincia.

Lo primero, por lo tanto, es repartir los 350 diputados entre las distintas provincias. ¿Cómo se hace? ¿Cuántos corresponden a cada una? Lo lógico sería repartirlos proporcionalmente a su población. Pues no. Antes de adjudicar los escaños según la población, se apartan dos diputados “de regalo” para cada provincia, más uno para Ceuta y otro para Melilla. Esto nos da 102 diputados repartidos entre las provincias a partes iguales. De esta forma, quedan pendientes de adjudicar 248 diputados que sí se reparten equitativamente según la población. Una vez hecho esto, Madrid, por ejemplo, obtiene 37 diputados (2 fijos más 35 por su población), y Soria 2 (2 fijos y ninguno por su población).

La consecuencia de este procedimiento es que las provincias menos pobladas salen beneficiadas. Esto perjudica a la proporcionalidad de nuestro sistema electoral: ya de entrada, el porcentaje de votos a nivel nacional no coincidirá con el porcentaje de escaños, porque Soria, Teruel o Guadalajara tienen más peso que el que les correspondería, mientras Madrid, Barcelona o Málaga tienen menos. Hay una diferencia muy clara entre el número de diputados que debería tener cada provincia si atendiéramos a su población y el que realmente tiene:

Esta distorsión no tiene nada que ver con el sistema d’Hondt. Tiene que ver con que le regalaríamos dos diputados a cada provincia aunque no viviera ni una sola persona en alguna de ellas.

Una vez asignado el número de diputados, los partidos presentan sus listas. En Barcelona, una lista con 32 nombres. En Teruel, una con 3. Son listas cerradas, es decir, el elector las vota en bloque y no puede tachar ni primar a nadie, ni mucho menos elegir candidatos de dos listas diferentes. Se vota a una lista de un partido y nada más. Una vez emitidos esos votos, se recuentan y los diputados se repartidos proporcionalmente entre todos los partidos que superen el 3% de votos válidos en esa circunscripción.

¿Aquí hay un error! ¿Qué es eso de que se reparten “proporcionalmente”? Estamos acostumbrados a leer en la prensa que en España se aplica la llamada ley d’Hondt. Y todo el mundo piensa que esa es una ley muy poco proporcional. ¿No es así?

Según la norma d’Hondt, al primero de la lista de cada partido en cada provincia se le asignan todos los votos que se hayan depositado a favor de ese partido. Al segundo, la mitad. Al tercero, un tercio. Y así sucesivamente, tantas veces como diputados tenga la provincia. Así que si un partido ha logrado en Madrid 100.000 votos, el segundo de su lista se entiende que ha recibido 50.000, el tercero 33.333 y el décimo, 10.000. Así, a todos los candidatos de todas las listas se les puede asignar un número de votos determinado. A continuación, solo queda nombrar diputados a los tres, o los ocho, o los treinta y siete que más votos tengan (tantos como diputados se elijan a esa provincia).

Hay muchas otras formas de intentar un reparto proporcional, pero casi siempre darán el mismo o parecido resultado que este procedimiento. La norma d’Hont es bastante justa, y los votos a los partidos pequeños no se van “a la basura” por su culpa: se pierden porque no hay suficientes escaños a repartir.

Así que el problema no es d’Hondt. El problema es que tenemos demasiadas provincias con pocos diputados en cada una. Si quisiéramos conseguir una buena proporcionalidad habría que diseñar circunscripciones con diez diputados o más, o establecer una lista compensatoria única a nivel estatal, o habilitar “escaños extra” para compensar la desproporción, o… hacer alguna otra otra cosa. Pero, mientras tengamos tantas y tan pequeñas circunscripciones, muchos votos seguirán yéndose “a la basura”. Con d’Hondt y sin d’Hondt.

Hasta estas elecciones, los verdaderos agraciados por el sistema han sido los dos partidos grandes de nivel nacional (los que consiguen más del 25% de votos), mientras que los más dañados son los partidos pequeños que se presenten en toda España (los que logran menos del 10% de votos). En esta ocasión, si hay más partidos con posibilidades y se igualan los porcentajes, también se igualarán los efectos, y se compensarán las pérdidas de unos en unas provincias, con las de otros en otras… salvo que haya un destacado, que concentrará a su favor gran parte de las ventajas, lo que, impropiamente, muchos llaman “restos”.

 En cuanto a los partidos autonómicossus resultados son mucho más proporcionados. En general, el sistema les favorece si son primeros partidos en sus provincias, y les perjudica si son terceros o cuartos. Pero, en todo caso, las desviaciones que presentan son minúsculas en comparación con las de los partidos nacionales, que es donde reside realmente el problema. A pesar de lo que se suele decir, el sistema electoral español no prima a los partidos nacionalistas.

Por último, nuestra ley fija un umbral mínimo del 3% para que una lista pueda ser tenida en cuenta en el reparto de escaños en una provincia. Este es un límite más bien decorativo: solo en Madrid y Barcelona un partido con menos de un 3% de los votos puede perder algún diputado por culpa de este umbral.

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