Los ciudadanos que sean designados para formar parte de las mesas electorales en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre cobrarán una dieta de 75 euros por su participación en la jornada de votación, cinco euros más de lo que pagó el Estado en los comicios de julio de 2023.
Cada mesa electoral del 29N estará formada por un presidente y dos vocales, aunque también se convoca a dos suplentes por cada uno de los tres puestos, y las nueve personas serán designadas en los sorteos que organizarán los ayuntamientos entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre.
En el sorteo estarán los electores censados en cada sección que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años, aunque los mayores de 65 podrán renunciar a su designación. Para ocupar la Presidencia de una mesa electoral será necesario tener además el título de Bachiller o de Formación Profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de Graduado Escolar o equivalente.
RECOGER LOS VOTOS Y CONTARLOS
Los miembros de cada mesa electoral se ocupan de recoger los votos de los electores y comprobar su inscripción en el censo, y, una vez finalizada la votación, se encargarán de realizar el escrutinio de los votos, comenzando por las papeletas correspondientes al Congreso de los Diputados y continuando después con las del Senado. Durante toda la jornada y en el escrutinio pueden estar presentes representantes de los partidos políticos.
Para compensar sus más de doce horas de servicio público en el domingo de votación, el Gobierno ha fijado una dieta de 75 euros para los miembros de cada mesa electoral, una cifra que en los comicios de 2023. se estableció en 70 euros.
Además, los trabajadores por cuenta ajena y funcionarios que formen parte de las mesas tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laborable, y, en todo caso, a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo del lunes 30 de noviembre.
La legislación establece que la participación en las mesas es obligatoria tanto para los titulares como para los suplentes. Quienes no acudan a desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan injustificadamente sus obligaciones de excusa o aviso previo podrán enfrentarse a penas de prisión de tres meses a un año o multas de seis a veinticuatro meses.





















































































































































































































































































































































































































































































































































































































