El Tribunal Constitucional ha inadmitido este miércoles el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, donde se solicitaba la suspensión cautelarísima de la medida que impide ejercer el derecho al voto a hasta 163.000 ciudadanos nacionalizados por la conocida como Ley de Nietos.
La mayoría del Pleno, en una deliberación conjunta de los doce magistrados, ha apoyado la decisión de no admitir a trámite el recurso alegando una clara precipitación, al no haberse agotado la vía judicial previa que debe recorrer en los tribunales antes de solicitar el amparo ante el Constitucional.
La mayoría del Constitucional ha aceptado la ponencia del magistrado conservador Enrique Arnaldo, que recogía la inadmisión por ser la petición “prematura”, al no haber sentencia firme por parte del Tribunal Supremo.
De esta forma, la ponencia rompe los tradicionales bloques del Tribunal Constitucional, ya que parte de los magistrados progresistas se han sumado a los votos conservadores.
No obstante, la decisión no ha sido unánime, ya que parte de los magistrados considera que impedir el voto a estas personas supone vulnerar sus derechos fundamentales. En concreto, 10 magistrados han votado en contra de admitir a trámite el recurso, mientras que otros dos han votado a favor.
La decisión del Supremo
El origen del caso se encuentra en la decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar del voto de los nacionalizados por la Ley de Nietos. La medida, que afecta a 163.020 personas, provoca que no puedan acudir a las urnas de cara a las elecciones generales del 29N.
El fallo del Supremo gira alrededor de una instrucción del Ministerio de Justicia donde se ampliaban los supuestos en los que los nietos de exiliados podían solicitar la nacionalidad española.
En un primer momento, tan solo aquellos que pudieran acreditar ser hijos o nietos de exiliados durante el franquismo podían obtener la nacionalidad. Sin embargo, una instrucción elaborada por el Ministerio de Justicia contemplaba nuevos supuestos para adquirir la nacionalidad española. Dicha decisión daba por hecho que todos los emigrantes españoles entre 1939 y 1955 eran exiliados políticos, aunque se hubieran marchado por motivos económicos.
Tras ampliarse esta norma, el Supremo tomó la decisión de suspender de manera cautelar el derecho al voto de aquellos que viven fuera de España. Para poder votar, el consulado de estos ciudadanos deberá certificar que no se acogieron a esa instrucción.
La controversia judicial se centra, por tanto, en la aplicación de la instrucción que amplió los supuestos de acceso a la nacionalidad española y en sus consecuencias sobre los derechos electorales de quienes obtuvieron la ciudadanía mediante este procedimiento.
La Junta Electoral Central envía la documentación
La Junta Electoral Central (JEC) acordó enviar la documentación electoral a todos los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes, con el objetivo de que llegue a todos aquellos que no se encuentren afectados por la suspensión relacionada con la Ley de Nietos.
Tras ello, el Supremo dio un plazo de 24 horas, que se cumple este miércoles a las 15:00 horas, para que las partes personadas presenten alegaciones a la decisión. De esta forma, la Abogacía General del Estado, la Fiscalía, Vox e Iustitia Europa, las partes de la causa, pueden presentar las alegaciones que consideren oportunas.
Iustitia Europa ya lo ha hecho y ha registrado un escrito en el que reclama al Tribunal Supremo que advierta sobre la posible comisión de un delito electoral si efectivamente estos inscritos votan el 29N.
La decisión del Constitucional deja así en manos del Tribunal Supremo la resolución de las cuestiones pendientes sobre la aplicación de la medida cautelar. El tribunal de garantías considera que la solicitud de amparo se ha presentado antes de que concluya la vía judicial ordinaria, por lo que no corresponde todavía pronunciarse sobre el fondo de la controversia.
De este modo, la suspensión cautelar del derecho al voto de los afectados continúa vigente mientras se resuelve el procedimiento judicial, en un contexto marcado por la proximidad de las elecciones generales del 29 de noviembre y las dudas sobre la participación electoral de los ciudadanos nacionalizados al amparo de la instrucción cuestionada.





















































































































































































































































































































































































































































































































































































































