El Consejo de Ministros reunido hoy ha aprobado varias medidas para contrarrestar los efectos negativos del COVID-19 en nuestro país. Entre algunas de ellas se encuentra la regulación del precio de las mascarillas o la autorización de la salida de los menores a partir del 27 de abril.
Eliminación del IVA a mascarillas
Se ha fijado un precio máximo para las mascarillas que adquieran los ciudadanos españoles. También se ha decidido suprimir el Impuesto de Valor Añadido (IVA) a los materiales de protección como las mascarillas que adquieran los centros de atención sanitarias.

Desconfinamiento infantil
En cuanto al ‘desconfinamiento infantil’, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy que a partir del 27 de abril se permita la salida de los menores de los domicilios de forma controlada. Se establece la edad de referencia del desconfinamiento infantil en los 14 años.
Se permitirá el acompañamiento de menores a un adulto en sus tareas cotidianas permitidas (ir a la compra, acudir a una entidad bancaria).

Prórroga del teletrabajo y ajustes de las jornadas
Se establece una la recomendación de prorrogar el teletrabajo en las empresas mientras dure el Estado de Alarma. El objetivo del Gobierno es reducir la movilidad y minimizar el riesgo de contagio en aglomeraciones en medios de transporte u oficinas.
Para ello se establece también en paralelo una prórroga de dos meses de la normativa que facilita la adaptación de los turnos y jornadas de los trabajadores.
ERTE en empresas esenciales
Se permitirá que las empresas que prestan actividades o servicios considerados esenciales apliquen un ERTE a sus trabajadores que realizan tareas no esenciales, lo cual no estaba contemplado inicialmente.

Prestación para trabajadores fijos discontinuos
Se incluyen como personas con derecho a percibir una prestación por desempleo a aquellos trabajadores que suelan trabajar de forma habitual por ‘campañas’ (como personal de hostelería que centre su actividad en los meses de temporada alta).
Subsidio por desempleo para despedidos en período de prueba
Se reconoce a las personas despedidas en período de prueba como personas “en situación legal de desempleo”, con derecho al subsidio al igual que el resto de trabajadores fijos o temporales. Con esta medida se pretende extender la duración del subsidio a los empleados que por ser despedidos durante el COVID-19 tras haber trabajado durante el período de prueba, no tuvieran muchos meses por delante de prestación.

Medidas para empresas y autónomos
Los autónomos podrán, si así lo desean, renunciar a hacer una tributación por módulos y hacerlo por estimación directa.
Por su parte, las empresas podrían retrasar el pago de los impuestos hasta conseguir financiación mediante avales públicos.

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