El juez cierra el ‘caso Neurona’ al no ver delito en los trabajos de la consultora a Podemos

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El juez de Madrid a cargo el denominado ‘caso Neurona’ ha decretado el archivo de la investigación al no ver delitos en los trabajos que la consultora mexicana que da nombre al procedimiento realizó para Podemos en el marco de la campaña a las elecciones generales de abril de 2019.

“No consta indiciariamente acreditado que el numerario de la cuenta electoral desde la que se abonó el importe de dicho contrato fuera distraído para fines distintos a los contemplados en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), por lo cual no cabe apreciar la presunta comisión de un delito de apropiación indebida de fondos electorales”, ha concluido el juez, que también ha descartado que se falseasen las cuentas.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado de Instrucción 42 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa tras tres años de pesquisas y tras haber recibido el informe pericial –que encargó hace dos años– que concluye que el partido ‘morado’ pagó a Neurona acorde al precio de mercado.

La decisión del juez Juan José Escalonilla tiene lugar después de que el pasado septiembre acordara archivar la investigación que dirigía contra Podemos –como persona jurídica– y contra el cofundador del partido Juan Carlos Monedero al considerar que no era posible imputar responsabilidad penal a la formación política y al constatar que no había indicios de que el dirigente intermediara en el contrato de 363.000 euros que el partido firmó con Neurona.

Ahora, el instructor ha declarado el archivo provisional respecto al exsecretario de comunicación de Podemos Juan Manuel del Olmo; los administradores mancomunados de la coalición electoral Unidas Podemos Daniel Martínez de Frutos y Carlos García; y el administrador de Neurona Elías Castejón.

TRES AÑOS DE INVESTIGACIÓN

Así las cosas, llega a su fin la causa en la que se investigaba la posible simulación del contrato del suscrito por Podemos en febrero de 2019 con la mercantil Neurona Comunidad SL relativo a la campaña electoral a las generales de abril de 2019.

En el auto que da cierre al procedimiento, el juez ha recordado que en la denuncia que dio origen a la investigación se apuntaba que dicho contrato era simulado para encubrir las transferencias realizadas por la formación que entonces lideraba Pablo Iglesias a la consultora “con la finalidad de contribuir al pago de campañas electorales en otros países, o en pago de créditos obtenidos por el partido”.

Ahora, el titular del Juzgado ha asegurado que, una vez practicadas las diligencias de investigación en el juzgado, ha quedado constatado que “sí se prestaron los servicios objeto de dicho contrato” por parte de Neurona: se contrataron trabajadores que se desplazaron a España durante la campaña electoral, y se realizaron los trabajos que finalmente fueron aportados al procedimiento.

EL INFORME DEFINITIVO

El magistrado ha llegado a esta conclusión, en parte, gracias al informe pericial recientemente aportado a la causa en el que se valoraron los servicios prestados por Neurona en 358.500 euros, cifra cercana a los 363.000 euros que abonó Podemos.

El informe en cuestión se hizo esperar porque el juzgado pasó meses buscando un equipo de peritos que asumiera el encargo. De hecho, en abril de 2022, ante la negativa del perito anteriormente designado, el juez dirigió un oficio a la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid y a la Asociación de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid para que indicaran al Juzgado un “perito capacitado para la elaboración del informe”.

Dicha pericial debía valorar la totalidad de los servicios prestados por los trabajadores contratados por Neurona Consulting: los 48 vídeos realizados previo trabajo estratégico de segmentación, los 48 diseños gráficos realizados por Waldemar Aguado Butanda y las cinco imágenes elaboradas por Vicente León Camú Astudillo, así como la cobertura de siete actos electorales.

Finalmente, el informe llegó al juzgado y concluyó que “más allá de los gustos personales o la opinión de cada particular en relación a los trabajos analizados”, éstos cumplían “con los cánones y estándares profesionales en el ámbito de la comunicación política internacional y el diseño de campanas”.

Cabe recordar que el ‘caso Neurona’ derivó en otras investigaciones –como el denominado ‘caso Niñera’ o la causa sobre las donaciones a través de la Fundación 25M– que también se archivaron al no apreciarse indicios de delitos.

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