El magistrado del Tribunal Supremo Ángel Luis Hurtado ha elevado hoy una cuestión crucial: si debería suspenderse cautelarmente al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a la espera del juicio oral que afronta por un delito de revelación de secretos.
Antecedentes del caso
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En junio, Hurtado dictó un auto que procesaba a García Ortiz por presunta filtración de información confidencial sobre Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso. El magistrado apreció indicios suficientes para sustentar un juicio oral, lo que supone una primera vez sin precedentes en democracia.
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La acusación sostiene que García Ortiz actuó siguiendo “indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno”, lo que añade complejidad política al caso.
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Hurtado había suspendido hasta ahora la tramitación del caso mientras la Sala de Apelación resolvía los recursos presentados contra el procesamiento.
Ahora esa suspensión ha sido levantada y el juez otorga un plazo de tres días a la Fiscalía y a las acusaciones populares para que presenten argumentos sobre si García Ortiz debe ser suspendido de su cargo cuando se dictamine la apertura del juicio oral.
¿Qué dice la normativa?
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal no contempla expresamente la suspensión del fiscal general, pero sí prevé que otros fiscales deben ser suspendidos si se abre juicio oral por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. Sobre esta base jurídica argumenta la APIF para exigir la suspensión del propio fiscal general del Estado.
Reacciones institucionales y críticas
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La Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF), que forma parte como acusación popular en el caso, ha sido la impulsora de la petición formal para que se suspenda al fiscal general cuando se formalice el juicio oral.
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Desde el Gobierno, la ministra de Defensa, Margarita Robles, ha pedido respeto a la presunción de inocencia y remarcado que la facultad de dimitir corresponde al fiscal, no al Ejecutivo.
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El Partido Popular, por su parte, ha iniciado una ofensiva política en el Congreso y en el Senado para demandar explicaciones al ministro de Justicia, ofreciendo una presión parlamentaria directa.
En el entorno judicial
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Han surgido voces críticas dentro del propio Tribunal. El magistrado Andrés Palomo, ponente inicial del auto de procesamiento, emitió un voto particular argumentando que no existen pruebas directas de que García Ortiz filtrara el correo y calificó como “desmentido”, no revelación de secretos, la nota de prensa en cuestión.
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Otros penalistas señalan que muchos de los argumentos que fundamentan la imputación se basan en conjeturas más que en pruebas sólidas, lo que genera dudas sobre el rigor procedimental.
Próximos pasos
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El juez Hurtado espera dictar el auto de apertura de juicio oral tras el acto de Apertura del Año Judicial (5 de septiembre), ya que agosto es inhábil.
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Si la Sala de Apelación confirma el procesamiento, podría abrirse juicio oral en los próximos meses —potencialmente entre otoño y fin de año— ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que resolverá finalmente si García Ortiz es enjuiciado o se archiva el caso.
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