El diario El País publica en su edición de este viernes un extracto del borrador del anteproyecto de Ley del Gobierno que pretende regular el Teletrabajo en nuestro país. El objetivo de este borrador es establecer un marco negociador con los agentes sociales para instaurar definitivamente la norma en España.
Estos son algunos de sus puntos clave:
1. El derecho al Teletrabajo será voluntario, las empresas no podrán imponerlo como norma.
2. La empresa y el empleado (o representantes sindicales en nombre de todos ellos) deberán firmar un acuerdo que recoja las condiciones pactadas para la actividad en remoto.
3. Los costes directos e indirectos derivados de la actividad realizada repercutirán en las empresas (en este apartado se haría mención a los medios técnicos utilizados por el trabajador como los equipos, si bien no se especifica qué ocurriría con los costes de luz, acceso a internet, etc).
4. Distingue ‘teletrabajo’ de ‘trabajo a distancia’ para evitar vacíos legales.
5. El trabajador podrá acogerse al Teletrabajo por ‘motivos familiares de fuerza mayor’ y hacerlo en remoto el 60% de su jornada.
6. Cuando exista una causa ‘de fuerza mayor’ para la empresa que imposibilite ejecutar la actividad a los trabajadores en sus instalaciones, antes de recurrir al ERTE deberá acudir al teletrabajo, de forma similar a lo sucedido en la pandemia.
–El trabajador podrá flexibilizar su horario laboral cuando esté teletrabajando, si bien con el acuerdo con la empresa se pueden establecer unos límites u horarios de disponibilidad obligatoria.

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