El Tribunal Supremo ha planteado a comunidades autónomas que recurrieron la regularización extraordinaria de migrantes impulsada por el Gobierno que se pronuncien sobre la procedencia de formular cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ante la “duda” de “si podría entrar en colisión” con normativa comunitaria.
A través de dos providencias, recogidas por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo da un plazo de cinco días a las partes para que puedan expresar su parecer respecto a consultar al TJUE, tras recursos de la Comunidad Valenciana y Aragón.
“El régimen de regularización establecido en las mencionadas normas adicionales del real decreto suscita la duda de si podría entrar en colisión con las normas que implementan el PMAUE”, el Pacto de Migración y Asilo.
Los magistrados someten al parecer de las partes “si, pese a la vigencia de la Directiva de Retorno y su no trasposición por el Estado español, es admisible que quienes estén en situación irregular en España no se sometan a una orden de retorno, con las excepciones particulares que la misma norma comunitaria autoriza, sino que se les reconozca un derecho de residencia temporal con carácter general y por el mero hecho de la estancia irregular en España”.
Se trata de dos providencias que han sido dictadas por la Sala Tercera del Supremo antes de resolver sobre las medidas cautelares solicitadas por las comunidades autónomas indicadas.

























































































































































































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