El Gobierno aprobará este viernes en Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como ‘ley startups’ en el que ha ampliado las deducciones fiscales sobre los planes de acciones, nómadas digitales o la inversión, tal y como reclamó el sector tras publicar el borrador.
El texto que llega al Consejo de Ministros recoge varias de las demandas del tejido empresarial tras la consulta pública, según han trasladado a Europa Press fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos, que reconocen que había partes “ambiguas” en la primera exposición y que se ha optado por un proyecto “más ambicioso” tal y como pedían las empresas.
El Gobierno ha introducido modificaciones en la definición de startup para permitir que los emprendedores en serie (aquellos que han creado varias empresas) puedan acogerse hasta tres veces a la ley, que reduce hasta el 15% el impuesto de sociedades los primeros cuatro años de vida, además de introducir la posibilidad de aplazar pagos de otros impuestos durante dos ejercicios.
Además, la certificación como ‘startup’ se hará a través de una ventanilla única gestionada por Enisa y, cuando se constituya, por la Oficina Nacional de Emprendimiento, una recomendación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
El anteproyecto también recoge que el límite de ‘stock options’ libres de impuestos pasa de 12.500 euros a 50.000 euros y que los tenedores de las mismas solo tendrán que devengarlas cuando las liquiden.
En materia fiscal, los primeros 100.000 euros de inversión en una startup serán libres de impuestos (incluso para el propio emprendedor), y posteriormente habrá una deducción por inversión del 50% en los primeros cinco años de vida de la firma y siete en el caso de las biotecnológicas, 10 puntos porcentuales más que en el primer borrador.
Además, los inversores no residentes en España solo necesitarán tener Número de Identificación Fiscal (NIF) y no NIE (Número de Identidad de Extranjero (NIE).
Asimismo, el Ejecutivo se compromete a poner en marcha sandbox regulatorios, entornos regulados que permitan probar las innovaciones del sector, como ya ha ocurrido en el financiero, y mecanismos de contacto con el sector como el Foro Nacional de Empresas Emergentes.
CONSTITUCIÓN DIGITAL
Las startups podrán registrarse de manera digital y, con unos estatutos tipos, estar constituidas en un plazo de seis horas que se extendería, como máximo, hasta los cinco días si, por ejemplo, hicieran unos estatutos personalizados.
Asimismo, el Ejecutivo ha eliminado el requisito de renovar el sello de startup del anteproyecto y ha suprimido los aranceles notariales a estas empresas emergentes, que también estarán exentas de la obligación de ir a concurso por pérdidas.
También eximirá de la cotización como autónomo a aquellos emprendedores que trabajen por cuenta ajena en las primeras etapas de formación de la empresa para que no esté sometido a una doble cotización.
La ley también agilizará la tramitación de visados para nómadas digitales, que vengan a trabajar a una ‘startup’ española, trabajen de forma autónoma y emprendedores digitales, así como para españoles que quieran volver a España.
El texto pondrá en marcha visados específicos para estos perfiles que tendrán además una fiscalidad favorable, que incluye un menor tipo impositivo.
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