Iustitia Europa pide al Supremo que suspenda las elecciones por la “imposibilidad” de cumplir el fallo de la ley de nietos

La organización Iustitia Europa ha solicitado al Tribunal Supremo la suspensión cautelar de las elecciones generales previstas para el próximo 29 de noviembre, ante la imposibilidad de ejecutar dentro de los plazos electorales las medidas judiciales relacionadas con la denominada ley de nietos.

La formación ha presentado este viernes un escrito urgente ante la Sala Tercera del Alto Tribunal en el que reclama paralizar temporalmente la votación hasta que pueda garantizarse el cumplimiento efectivo de las medidas cautelares acordadas el pasado 10 de septiembre. La petición se fundamenta en las alegaciones presentadas por la Abogacía del Estado, que ha reconocido que resulta materialmente imposible revisar a tiempo los expedientes de los ciudadanos nacionalizados afectados por la resolución judicial.

En concreto, la controversia afecta a 163.020 electores inscritos en el censo electoral que obtuvieron la nacionalidad española mediante la aplicación de una instrucción vinculada a la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos.

Esta normativa permite acceder a la nacionalidad española a determinados descendientes de ciudadanos que abandonaron España durante la Guerra Civil y la dictadura franquista. La instrucción cuestionada establece una presunción de exilio para quienes salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.

La Abogacía del Estado reconoce dificultades para ejecutar las medidas

La solicitud de Iustitia Europa llega después de que la Abogacía del Estado trasladara al Supremo las dificultades para ejecutar las medidas cautelares antes de las elecciones generales del 29 de noviembre.

Los servicios jurídicos del Estado sostienen que el adelanto electoral hace materialmente imposible comprobar individualmente los expedientes afectados, debido tanto al volumen de ciudadanos implicados como a las limitaciones técnicas de los registros administrativos.

La Administración explica que los sistemas de información consular y censal no permiten identificar directamente qué ciudadanos adquirieron la nacionalidad mediante la instrucción cuestionada. Para determinarlo sería necesario revisar individualmente los expedientes y contrastar posteriormente los datos con las inscripciones electorales.

Esta circunstancia adquiere especial relevancia porque el censo que se utilizará en las elecciones del 29 de noviembre es el cerrado a 1 de agosto de 2026, una fecha anterior a la resolución cautelar del Tribunal Supremo.

La Abogacía del Estado considera que la imposibilidad de completar estas comprobaciones no debería traducirse en una privación generalizada del derecho de sufragio. Por ello, ha solicitado que se levanten las medidas cautelares, argumentando que debe prevalecer el derecho fundamental de participación política de los ciudadanos afectados.

Iustitia Europa reclama una suspensión temporal

Frente a esta posición, Iustitia Europa considera que el reconocimiento de las dificultades administrativas obliga al Tribunal Supremo a adoptar nuevas medidas para garantizar la eficacia de su resolución.

La formación sostiene que celebrar las elecciones sin haber ejecutado las medidas cautelares podría generar problemas jurídicos posteriores relacionados con la validez del escrutinio y la proclamación de los representantes electos.

En su escrito, el partido defiende que la suspensión temporal de la votación permitiría preservar la eficacia de la resolución judicial y las garantías del proceso electoral.

El presidente de Iustitia Europa, Luis María Pardo, ha explicado que la petición pretende asegurar que las medidas acordadas por el Supremo puedan aplicarse antes de que se produzcan sus efectos electorales.

Según la formación, la convocatoria anticipada de elecciones constituye una circunstancia sobrevenida que modifica el escenario existente cuando el tribunal adoptó su decisión inicial.

Para justificar jurídicamente su solicitud, Iustitia Europa invoca los artículos 129.1 y 132.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, relativos a la adopción y adaptación de medidas cautelares destinadas a garantizar la efectividad de las resoluciones judiciales.

Una alternativa para identificar los votos afectados

El partido plantea también una solución alternativa para el supuesto de que el Tribunal Supremo considere desproporcionada la suspensión de las elecciones generales.

En ese escenario, Iustitia Europa solicita el marcado informático diferenciado de los 163.020 electores afectados para garantizar la trazabilidad de sus votos durante el proceso electoral.

La propuesta consistiría en identificar administrativamente los registros censales correspondientes a estos ciudadanos, de manera que pudiera determinarse posteriormente su incidencia en el escrutinio si una resolución judicial definitiva así lo exigiera.

Según sostiene la formación, esta medida subsidiaria permitiría mantener el calendario electoral sin privar preventivamente del derecho al voto a los ciudadanos afectados.

El partido argumenta que este mecanismo facilitaría una eventual revisión posterior de los efectos electorales de las inscripciones cuestionadas, aunque su viabilidad jurídica y técnica tendría que ser examinada por los órganos competentes, especialmente en lo relativo a las garantías del secreto del voto.

El Supremo deberá pronunciarse sobre las peticiones

La controversia se desarrolla en el marco del procedimiento judicial abierto por los recursos contra determinados efectos electorales de la ley de nietos, en el que también ha intervenido Vox.

El Tribunal Supremo había acordado medidas cautelares sobre las inscripciones electorales de determinados ciudadanos nacionalizados mediante la instrucción administrativa cuestionada, mientras se resuelve el fondo del procedimiento.

La proximidad de las elecciones generales ha introducido un nuevo elemento de urgencia, al reducir considerablemente el tiempo disponible para revisar los expedientes y determinar qué ciudadanos están comprendidos en las medidas judiciales.

La situación enfrenta dos planteamientos jurídicos: por una parte, la necesidad de garantizar la ejecución de las resoluciones del Tribunal Supremo y, por otra, la protección del derecho fundamental al sufragio de quienes ya figuran inscritos en el censo electoral.

Por el momento, la suspensión de las elecciones constituye únicamente una petición formulada por Iustitia Europa y no una decisión adoptada por el Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal deberá valorar las alegaciones presentadas y determinar si mantiene las medidas cautelares existentes, introduce mecanismos adicionales para su ejecución o adopta alguna otra resolución antes de los comicios previstos para el 29 de noviembre.

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