Toni Cantó y el exalcalde de Toledo, Agustín Conde, que iban en las listas inicialmente presentadas por el PP para las elecciones del 4-M en Madrid, no podrán hacerlo.
El Tribunal Constitucional considera que ambos incumplen los criterios fijados por la ley para concurrir a las elecciones. Francisco Balaguer Callejón es el ponente de la resolución, que considera que Cantó y Conde no cumplen los requisitos que exige la ley electoral. El resultado del debate interno ha sido de tres votos contra tres, decididos por el voto de calidad del Presidente.
La condición incumplida es el estar empadronado a principios de año en la comunidad de Madrid. En el caso de Toni Cantó, en concreto, este empadronamiento se produjo a finales de marzo, una vez había abandonado Ciudadanos e iniciado conversaciones con el Partido Popular.
Por tanto, la polémica queda zanjada y Cantó no acompañará a Ayuso en la Asamblea Regional.
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