El Gobierno anuncia el Estado de Alarma. Mañana, Consejo de Ministros extraordinario

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Pedro Sánchez ha anunciado en una declaración institucional la declaración del Estado de Alarma en España, que entrará en vigor mañana, por un periodo de al menos 15 días.

Mañana se celebrará un consejo de ministros extraordinario que aprobará un paquete de medidas excepcionales para movilizar todos los recursos del Estado (públicos, privados, civiles y militares) para proteger a la población y responder a la emergencia social y económica.

El Estado de Alarma, excepción y sitio

La Constitución española recoge en el artículo 116 de la ley 4/1981 de junio de ese año, la posibilidad del Gobierno para declarar una emergencia nacional mediante un sistema de tres niveles:

Estado de Alarma: es el nivel menos severo, que está planteado ante situaciones insólitas que imposibilitaran la vida normal de los ciudadanos.

Estado de excepción: el nivel intermedio, pensado para las ocasiones en que se vean alterados los derechos de los ciudadanos o el funcionamiento de las instituciones”.

Estado de sitio: el más severo de los estados especiales, está contemplado para situaciones en las que se produzcan insurrecciones contra el Estado o actos de fuerza contra sus instituciones.

Resultado de imagen de artículo 116 de la ley 4/1981 estado de alarma
Resumen de los estados de alarma, excepción y sitio cortesía de opoesquemas.es

Las medidas que permite el estado de alarma

El estado de alarma, que podría declarar el gobierno ante una emergencia sanitaria, como recoge la ley citada anteriormente, contempla una serie de medidas restrictivas como las que a continuación se enumeran:

  1. Limitación de circulación de los vehículos y movimientos de las personas en tiempos y ligares fijados por el Gobierno.
  2. Requisamiento temporal de bienes y servicios, si fuera necesario, así como la intervención del gobierno en empresas, fábricas, explotaciones y locales de cualquier índole excepto domicilios privados.
  3. Limitación de compra o racionamiento de artículos considerados de primera necesidad.
  4. Dictamen de órdenes a todos los niveles para garantizar el abastecimiento de los bienes y servicios considerados de primera necesidad.

La Comunidad de Madrid, en la fase III del plan de contingencias del Gobierno

Ayer recogíamos una información del diario El País en la que se desglosaban las distintas fases del plan de contingencias del Gobierno contra el coronavirus.

La Comunidad de Madrid ha anunciado hoy que cerrará los establecimientos de ocio y restauración (bares, restautantes, discotecas) así como otros locales como gimnasios o locales comerciales salvo tiendas de alimentación y farmacias.

Esto sitúa a Madrid en la fase III de las cinco contempladas. No se descarta un avance hacia las siguientes fases, que implicarían el cierre de la Comunidad o la limitación de movimientos.

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