El 20 de diciembre se celebran Elecciones Generales. Vamos a contaros el mecanismo por el que se designa a los diputados del Congreso. Elegiremos 350 diputados y la circunscripción electoral es la provincia.
Lo primero, por lo tanto, es repartir los 350 diputados entre las distintas provincias. ¿Cómo se hace? ¿Cuántos corresponden a cada una? Lo lógico sería repartirlos proporcionalmente a su población. Pues no. Antes de adjudicar los escaños según la población, se apartan dos diputados “de regalo” para cada provincia, más uno para Ceuta y otro para Melilla. Esto nos da 102 diputados, repartidos entre las provincias a partes iguales. De esta forma, quedan pendientes de adjudicar 248 diputados que sí se reparten equitativamente según la población. Una vez hecho esto, Madrid, por ejemplo, obtiene 36 diputados (2 fijos más 34 por su población), y Soria 2 (2 fijos y ninguno por su población).
La consecuencia de este procedimiento es que las provincias menos pobladas salen beneficiadas, mientras las mayores quedan infrarrepresentadas. Esto perjudica a la proporcionalidad de nuestro sistema electoral: ya de entrada, el porcentaje de votos a nivel nacional no puede coincidir con el porcentaje de escaños, porque las provincias están descompensadas: Soria, Teruel o Guadalajara, tienen más peso del que les correspondería, mientras Madrid, Barcelona o Málaga tienen menos. Hay una diferencia muy clara entre el número de diputados que debería tener cada provincia si atendiéramos a su población, y el que realmente tiene:
Esta distorsión no tiene nada que ver con la regla d’Hondt. Tiene que ver con que le regalaríamos dos diputados a cada provincia aunque no viviera ni una sola persona en alguna de ellas.
Una vez asignado el número de diputados, los partidos presentan sus listas. En Barcelona, una lista con 31 nombres. En Teruel, una con 3. Son listas cerradas, es decir, el elector las vota en bloque y no puede tachar ni primar a nadie, ni mucho menos elegir candidatos de dos listas diferentes. Se vota a una lista de un partido y nada más. Una vez emitidos esos votos, se recuentan y los diputados son repartidos proporcionalmente entre todos los partidos que superen el 3% de votos válidos en esa circunscripción.
¿Aquí hay un error! ¿Qué es eso de que se reparten “proporcionalmente”? Estamos acostumbrados a leer en la prensa que en España se aplica la llamada ley d’Hondt. Y todo el mundo piensa que esa es una ley muy poco proporcional. ¿No es así?
Para aclararnos veamos cómo funciona. No os asustéis, no es difícil. Imaginad una provincia española pequeña que elige tres diputados, donde logran un resultado significativo cuatro partidos (dos grandes y dos medianos). Digamos UCD, PCE, AP Y CDS:
Según la ley D’Hondt, al primero de la lista de cada partido se le asignan todos los votos que se hayan depositado a favor del partido. Al segundo, la mitad. Al tercero, un tercio. Y así sucesivamente, tantas veces como diputados tenga la provincia. Es fácil:
A continuación, lo único que hay que hacer es nombrar como diputados a los tres que consigan más votos:
Es decir, UCD se lleva dos, y el PCE uno. Ni AP ni el CDS consiguen nada. Esto parece injusto, porque entre AP y el CDS suman el 20% de los votos. Y aquí es donde casi todo el mundo le echa la culpa a la Ley D’Hondt. Pero no es así. Hay muchas otras formas de intentar un reparto proporcional. Veamos qué ocurriría por ejemplo, si, en vez de aplicar la Ley D’Hondt, repartiéramos los diputados directamente según los porcentajes de voto obtenidos:
Sorpresa. Los dos partidos pequeños se quedarían sin representación, exactamente igual que con la ley d’Hondt. No hay diferencias.
Algo parecido ocurrirá en casi todas las provincias, incluyendo las más grandes: aplicando reglas de proporcionalidad como la anterior, podríamos conseguir que bailasen tres, cuatro, cinco o seis diputados del Congreso. No más. El resto seguiría igual. Así que el problema fundamental no es la norma d’Hondt. El problema es que tenemos demasiadas provincias con pocos diputados en cada una. Si quisiéramos conseguir una buena proporcionalidad habría que diseñar circunscripciones con diez diputados o más. Por debajo, no hay forma de lograrlo. Ni con d’Hondt ni sin d’Hondt.
En el caso del Congreso español, podemos resumir los efectos sobre la proporcionalidad votos-escaños, de la siguiente manera:
Si comparamos esta tabla desglosada por provincias con la anterior, se puede comprobar que las dos tienen efectos parecidos: las provincias que están sobrerrepresentadas en nuestro sistema (las llamadas “pequeñas”) son también las menos proporcionales. La mitad de los diputados se eligen en circunscripciones donde los electores saben que solo obtendrán escaño los partidos muy grandes. Y eso hace que el voto se concentre aún más en esos partidos. De esta forma, en estos lugares los partidos más fuertes salen beneficiados por varias razones:
- Porque las propias circunscripciones están sobrerrepresentadas,
- Porque dentro de ellas estos partidos obtienen siempre más porcentaje de escaños que de votos,
- Y porque los electores concentran incluso más votos a su favor, para evitar “tirarlos a la basura” votando a partidos pequeños que no tienen posibilidades de conseguir “su” diputado. Es el llamado “voto útil”.
Son tres efectos que conspiran contra la proporcionalidad del sistema, y que resultan acumulativos. El resultado final, en las elecciones generales de 2011, fue este:
Los verdaderos agraciados por el sistema son los partidos grandes de nivel nacional (más del 20% de votos), mientras que los dañados son los partidos pequeños que se presenten en toda España (menos del 10% de votos). Salen ganando también quienes tienen más peso en las provincias despobladas.
En cuanto a los partidos autonómicos, sus resultados son mucho más proporcionados. En general, el sistema les favorece si son primeros partidos en sus provincias, y les perjudica si son más terceros o cuartos. Pero, en todo caso, las desviaciones que presentan son minúsculas en comparación con las de los partidos nacionales, que es donde reside realmente el problema. A pesar de lo que se suele decir, el sistema electoral español no prima a los partidos nacionalistas.
Por último, nuestra ley fija un umbral mínimo del 3% para que una lista pueda ser tenida en cuenta en el reparto de escaños en una provincia. Este es un límite más bien decorativo: en Huesca haría falta alrededor de un 20% de votos para aspirar a algo. En Zaragoza, alrededor de un 10%. En Valencia, un 5 o 6%. Solo en Madrid y Barcelona un partido con menos de un 3% de los votos puede perder algún diputado por culpa de este umbral. Aparte de Durán i Lleida (y, si le van mal las cosas, de Alberto Garzón) nadie más estará preocupada por ese 3% el día 20 de diciembre.
Por ese 3%, no.
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