El TC rechaza suspender de modo cautelar la expulsión de Teresa Rodríguez y ocho diputados más de Adelante Andalucía

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El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado denegar la suspensión de los acuerdos de la Mesa del Parlamento andaluz del mes de noviembre de 2020 sobre la expulsión de nueve diputados del grupo Adelante Andalucía –incluida quien era su presidenta, Teresa Rodríguez–, como habían solicitado a modo de medida cautelar los parlamentarios afectados en el recurso de amparo que han interpuesto ante dicha instancia.

Así se recoge en un auto de la Sala Primera del TC, con fecha del pasado 21 de junio y notificado este viernes día 25, al hilo del recurso de amparo que el referido grupo de diputados interpuso contra el acuerdo de la Mesa del Parlamento del 18 de noviembre de 2020 por el que los recurrentes adquirieron la condición de diputados no adscritos, y contra el del 25 de noviembre del mismo órgano de gobierno de la Cámara andaluza, que desestimó los recursos de reposición planteados por los recurrentes en amparo.

Las referidas nueve expulsiones de los parlamentarios de Adelante Andalucía –marca de la coalición con la que concurrieron a las elecciones andaluzas de 2018 Podemos e IU, además de fuerzas andalucistas– se justificó por parte de Podemos e IU por el supuesto episodio de transfuguismo en el que éstos habrían incurrido –a excepción de la diputada también expulsada Ana Villaverde– al darse de baja como afiliados de Podemos sin dejar el grupo parlamentario al que llegaron en representación del partido morado.

Los parlamentarios expulsados del grupo de Adelante, y que desde entonces adquirieron la condición de no adscritos presentaron una demanda de amparo ante el TC alegando una supuesta vulneración del artículo 23.2 de la Constitución en relación con el 23.1, relativo al derecho de los ciudadanos a la participación en asuntos públicos.

De esta manera, los recurrentes alegan que, al pasar a la condición de diputados no adscritos, “pierden la mayor parte de los derechos que tienen reconocidos en el Reglamento” del Parlamento, además de que cuestionan “la propia figura de diputado no adscrito por no ser respetuosa con el derecho de participación política”, y niegan que exista “respaldo legal o jurisprudencial para la adopción del acuerdo de la Mesa del 18 de noviembre de 2020”.

El órgano de gobierno del Parlamento andaluz, “a juicio de la demanda –y según relata el auto del TC–, no ha protegido a los diputados, ya que adoptó un acuerdo sin que estuviera acreditada la expulsión del grupo parlamentario de los diputados recurrentes”, de modo que la Mesa de la Cámara “carecía de cobertura legal o reglamentaria para adoptar el acuerdo del 18 de noviembre, confirmado por acuerdo de 25 de dicho mes”, al entender de los recurrentes.

Artículo elaborado por EM a partir de un teletipo de

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