La JEC revoca su doctrina y suspende el uso del DNI digital para ejercer el voto, a instancia del PP

La Junta Electoral Central ha decidido dejar en suspenso sus resoluciones autorizando el uso de la versión digital del Documento Nacional de Identidad (DNI) para acreditarse a la hora de votar en unas elecciones, permitida desde el pasado septiembre, y a instancias del PP ha acordado que ya no se pueda utilizar en las elecciones andaluzas del próximo 17 de mayo y mientras no se garantice que el control de verificación sea “suficientemente seguro”.

El pasado mes de septiembre, la JEC autorizó la app de Interior, del DNI digital y del carné de conducir al considerar que incluye la foto del votante para identificarlo y que es tan oficial como el documento físico.

Pero desde la dirección del PP entienden que no puede bastar con mostrar el DNI digital, sino que debería abrirse la aplicación en el dispositivo móvil, generar un código QR único y verificarlo. Así lo planteó ya en las elecciones de Aragón, pero la Junta Electoral de la comunidad no lo vio necesario al considerar suficiente la práctica actual de mostrar la imagen del DNI con su foto para identificar al votante.

No basta con la foto, se necesita el QR. Los ‘populares’ insistieron en vísperas de las elecciones de Castilla y León, pidiendo a la JEC que sólo se permita el DNI digital si en cada mesa electoral hay un dispositivo con acceso a la aplicación que permita verificar el QR y la identidad.

Sin embargo, el máximo órgano electoral, en una reciente resolución, desestimó esas peticiones y, tras recabar un informe del Ministerio del Interior, recalcó al PP que el DNI digital, tal y como se usa, ya tiene todos los elementos que exige la ley para identificar al elector: nombre y apellidos, número de DNI y foto. Y en estos años no ha habido ningún problema con su uso.

A su juicio, exigir el QR y la verificación supondría requerir más elementos de los que ofrece el DNI físico o el carné de conducir, sin que exista una justificación para ello. Además, recalca que el uso de las tecnologías que propone el PP no siempre es posible en todos los colegios electorales de España por motivos de cobertura, y tampoco sería factible distribuir dispositivos de lectura del código QR en todas las mesas electorales.

Por tercera vez, ahora en vísperas de las elecciones andaluzas, el PP volvió a la carga insistiendo en que los partidos “deben disipar dudas” y evitar que se genere desconfianza en torno al sistema electoral, que a su juicio funciona bien sin necesidad de autorizar el uso del DNI digital.

Asegurar la confianza en el sistema. Y en esta ocasión, tras recibir los escritos presentados por la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía y la Dirección General de Política Interior, la JEC ha aceptado la demanda y ha suspendido el uso de la versión digital del DNI “para asegurar al máximo la confianza de los ciudadanos en el sistema electoral”.

Así, ha resuelto “suspender la eficacia” de sus acuerdos anteriores, por los que se permitía la utilización de las aplicaciones “MiDGT” y “MiDNI” por parte de los electores en el momento de depositar su voto, presencialmente o por correo, hasta tanto se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura.

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