¿Cortesía o fraude de ley?

El Partido Socialista va a ceder dos senadores a ERC y otros dos a la antigua Convergència para que ambos partidos puedan tener grupo parlamentario propio en el Senado.

Según el Reglamento de la cámara, ninguno de los dos partidos tendría derecho a él, así que sus senadores deberían integrarse en el grupo mixto. Pero desde los inicios de la democracia en España, en 1977, es una práctica habitual que los partidos a los que les sobran, cedan diputados o senadores a otros para que se puedan constituir grupos parlamentarios adicionales.

El Partido Socialista está recibiendo grandes críticas por esta decisión, porque con ella está dando voz y presencia en el Parlamento a dos grupos que quieren dinamitarlo. Los socialistas responden, con razón, que siempre se ha hecho así, por motivos de cortesía parlamentaria, independientemente de quién sea el que necesita los diputados en cuestión.

El problema se suscita porque en el Congreso no se está haciendo lo mismo. Podemos hizo campaña electoral prometiendo que tendría cuatro grupos parlamentarios en el Congreso. Sabían entonces que era una promesa que probablemente no podrían cumplir, pero es posible que confiaran en esa tradicional “cortesía” parlamentaria. Sin embargo, al constituir el Congreso de los Diputados, el pacto PSOE-Ciudadanos-PP lo ha impedido. Cuando Podemos se ha quejado y ha dicho que no lo hacía por dinero, renunciando a él, se le ha dicho que el Reglamento no lo permite.

¿En qué quedamos?

Quedamos en que desde hace cuarenta años se ha hecho lo que convenía en cada momento. Al constituirse una cámara, diputados pertenecientes a un partido se adscribían temporalmente a otro para facilitarle su constitución como grupo, y a continuación volvían al grupo por el que fueron elegidos para pasar en él toda la legislatura. Coalición Canaria y otros partidos se han beneficiado de ello en el pasado.

La práctica no es ilegal. Si nadie la denuncia (como es tradicional en nuestro sistema parlamentario), funciona sin que ocurra nada más. Y si fuera posible recurrirla, es dudoso que tal recurso prosperara, pues un diputado o un senador, jurídicamente, no se deben al partido por el que fueron elegidos, sino que pueden, en el ejercicio de su libertad, integrarse en el grupo que estimen por conveniente, cambiando cuantas veces les parezca bien.

Pero en mi opinión esta práctica es un vicio de nuestra democracia. Si no nos gustan los requisitos que exige el Reglamento para constituir un grupo, cambiémoslos. El PP y el PSOE han tenido todo el tiempo del mundo para hacerlo, y en este punto no lo han hecho.

Mientras el texto de los reglamentos de las cámaras sea el que es, no deberíamos utilizar estos subterfugios, porque dan a los partidos grandes un poder que no les corresponde: decidir, según su conveniencia, quién tiene grupo parlamentario y quién no. Se crea así una inseguridad jurídica que solo beneficia al que tiene el poder de decidir sobre ella, y perjudica a los demás, que dependen de su “cortesía”. Los partidos grandes, así, tienen en sus manos hacer regalos a los partidos pequeños, o negárselos, a capricho.

En este caso, además, no aplicar con rigor el texto del Reglamento de cada cámara genera agravios comparativos que no hay forma de justificar: Las conveniencias del PSOE le han llevado a apoyar en el Senado los deseos de quienes están decididos a declarar la independencia, mientras que en el Congreso se le niegan a quienes solo quieren convocar un referéndum. De locos.

Con lo fácil que sería dejarse de cortesías y regalitos. Aplicar el Reglamento de cada cámara sin maniobras. Y luego, si no nos gusta, hay cuatro años de legislatura para cambiar ese texto y rebajar las exigencias, reducir los porcentajes requeridos, o lo que se considere justo entre todos.

Porque estas decisiones deberían tomarse de manera general y objetiva,  según un Reglamento justo igual para todos, y no según el capricho del que mande en el PSOE o en el PP en cada momento.

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