El Congreso detalla las conductas de periodistas que sancionará y los medios a lo que no acreditará

La Mesa del Congreso ha aprobado este martes una instrucción que establece por escrito las conductas de periodistas que considera susceptibles de sanción y donde se detalla los medios de comunicación a los que no se va a acreditar, entre ellos los que cuenten con una plantilla de menos de diez personas o que tengan deudas con la Seguridad Social.

La resolución desarrolla la reforma del Reglamento del Congreso que se aprobó el pasado mes de julio, con la que el PSOE y los socios de investidura incluyeron un régimen sancionador para informadores que puede llegar a la retirada de la acreditación. La reforma contó con el voto en contra de PP y Vox.

Los socialistas mantienen que esta norma no busca restringir la actividad de los informadores, sino frenar los incidentes protagonizados por los que llaman ‘pseudoperiodistas’ que obstaculizan la labor parlamentaria y de la prensa.

ZONAS VEDADAS A LA PRENSA

Desde la mayoría progresista de la Mesa insisten en que la resolución aprobada este martes plasma negro sobre blanco normas de funcionamiento que ya vienen aplicándose en la Cámara desde hace años.

Así, se detallan las dependencias parlamentarias por las que pueden circular los informadores y las que requieren algún tipo de autorización, así como la prohibición a los periodistas literarios de grabar imágenes y vídeos en la Cámara, actividad permitida exclusivamente a los informadores gráficos.

El acuerdo de la Mesa regula también por escrito la concesión de acreditaciones, tarea que corresponde a la Dirección de Comunicación del Congreso. Se fijan los medios de comunicación que pueden ser autorizados y los que no, y se implantan nuevos requisitos como la exigencia al medio de certificar que tiene una plantilla de más de diez trabajadores dados de alta en la Seguridad Social y que está al corriente del pago de las cuotas correspondientes.

NI WEBS, NI COLABORADORES DE PARTIDOS

Entre los medios a los que no se acreditará están las páginas web, los blogs y canales de YouTube, las emisoras de radio o cadenas de televisión de difusión digital, sin ninguna concesión administrativa, y los departamentos de comunicación de ‘lobbies’.

Además se ha añadido la prohibición de acreditar como periodista en el Congreso a “quien trabaje o colabore en los equipos de comunicación” de partidos políticos o fundaciones políticas.

Cuando se detecte una actuación sancionable, se podrá denunciar al periodista acreditado ante el departamento de Comunicación y la Mesa del Congreso enviará el caso a un nuevo Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria (CCCP) del que formarán parte dos miembros de la Mesa (un representante de la Presidencia y otro de la Vicepresidenta Segunda que suele ocupar la oposición), periodistas propuestos por la Asociación de Periodistas Parlamentarios (APP) y un miembro de cada grupo parlamentario.

Los representantes de los partidos, por mayoría ponderada (según su peso en el hemiciclo), serán los que decidan si la denuncia debe conllevar o no una propuesta de sanción, si bien la resolución corresponde a la Mesa del Congreso, ante la que cabe recurso.

Existen unas normas para comentar que si no se cumplen conllevan la expulsión inmediata y permanente de la web.

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