El juez Juan Carlos Peinado ha convocado para este martes a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a su asesora en Moncloa Cristina Álvarez para celebrar una audiencia preliminar, un trámite previo a la eventual apertura de juicio oral por la investigación que se sigue contra ambas.
La convocatoria llega después de que Peinado haya dado por concluida la instrucción y haya rechazado nuevas diligencias solicitadas por las defensas. La audiencia preliminar constituye el paso procesal anterior a que el magistrado decida sobre la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez y Cristina Álvarez. La vista está prevista para este martes a las 18.00 horas.
La causa se encuentra en esta fase después de que la Audiencia Provincial de Madrid corrigiera el pasado mes de junio una resolución anterior del juez instructor. El tribunal madrileño consideró entonces que los indicios existentes contra Gómez debían limitarse a dos de los delitos que habían llegado a ser objeto de investigación durante el procedimiento.
En concreto, la Audiencia de Madrid señaló la existencia de indicios para continuar el procedimiento por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación. La investigación había llegado a abarcar anteriormente otros delitos, pero la sala de apelaciones acotó el alcance de la causa.
El procedimiento analiza, entre otras cuestiones, las actuaciones relacionadas con la actividad desarrollada por Begoña Gómez en la Universidad Complutense de Madrid y el papel desempeñado por Cristina Álvarez, asesora destinada en Presidencia del Gobierno.
La defensa de Gómez rechaza las acusaciones y sostiene que no utilizó su posición ni ejerció influencia sobre responsables públicos o universitarios para impulsar la creación o el funcionamiento de la cátedra extraordinaria que codirigió en la Universidad Complutense.
Tras recibir los escritos presentados por las partes, Peinado ha convocado ahora esta audiencia preliminar. La defensa de Gómez ha solicitado su absolución y sostiene que los hechos investigados no constituyen delito. Cristina Álvarez, por su parte, también reclama ser absuelta de la acusación que se mantiene contra ella.
La Fiscalía considera igualmente que no existe delito y ha solicitado la absolución de las investigadas. Las defensas han reclamado además que se impongan las costas a la acusación popular, a la que reprochan su actuación durante el procedimiento.
En sentido contrario, la acusación popular mantiene sus peticiones de condena. Según la información publicada por la Cadena SER, la acusación dirigida por Hazte Oír solicita una pena de trece años de prisión para Begoña Gómez, mientras que para Cristina Álvarez reclama seis años de cárcel. Álvarez permanece acusada únicamente por el presunto delito de malversación.
La convocatoria de este martes se produce después de un procedimiento judicial marcado por diferentes recursos y pronunciamientos de la Audiencia Provincial de Madrid sobre las decisiones adoptadas durante la instrucción. Peinado considera ahora finalizada la investigación y debe resolver, tras esta fase preliminar, si dicta el correspondiente auto de apertura de juicio oral.
La audiencia no supone por sí misma una condena ni determina la culpabilidad de las investigadas. Se trata de un trámite procesal previo a la fase de juicio que permite examinar las posiciones de las partes antes de que el juez adopte la decisión correspondiente sobre la continuación del procedimiento.
La defensa de Gómez insiste en que debe ser absuelta y niega que existiera una actuación destinada a influir sobre autoridades o responsables universitarios. Además, las defensas cuestionan las tesis mantenidas por las acusaciones populares y consideran que no existen elementos suficientes para sostener una condena.
La decisión que adopte el juez Peinado después de la audiencia determinará si Begoña Gómez y Cristina Álvarez quedan definitivamente encaminadas hacia la celebración de un juicio oral por los delitos que continúan formando parte de la causa.
La vista de este martes se convierte así en uno de los pasos procesales más relevantes desde que comenzó la investigación, aunque cualquier eventual apertura de juicio oral deberá entenderse dentro del procedimiento judicial y sin que implique que los delitos atribuidos hayan quedado probados.





















































































































































































































































































































































































































































































































































































































