La Complutense reclama que Begoña Gómez devuelva más de 100.000 euros por presunto delito de malversación

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La Universidad Complutense de Madrid (UCM) ha solicitado que Begoña Gómez y su asesora, Cristina Álvarez, abonen 113.509,32 euros en concepto de responsabilidad civil por el uso del software investigado en la causa y por la utilización de personal de la institución académica.

Así consta en el escrito de conclusiones provisionales remitido por la UCM al juez instructor, Juan Carlos Peinado, al que ha tenido acceso Europa Press. La universidad comparece en el procedimiento en calidad de perjudicada y ha adaptado sus peticiones tras el requerimiento del magistrado para adecuarlas a la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Madrid.

El tribunal provincial acordó el archivo de los presuntos delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida que se atribuían a Gómez y Álvarez, aunque mantuvo la investigación por un presunto delito de malversación de caudales públicos y confirmó la continuidad del procedimiento con jurado popular.

En su escrito, la Complutense hace suyos los razonamientos de la Audiencia y sostiene que existen indicios suficientes para continuar el procedimiento por un presunto delito de malversación relacionado con el software desarrollado en el marco de la cátedra extraordinaria codirigida por Begoña Gómez.

La universidad recuerda que dicho programa informático fue desarrollado con medios, recursos y bajo el paraguas institucional de la UCM. Además, señala que el hecho de que parte de la financiación procediera de entidades privadas no modifica la naturaleza pública de esos recursos, ya que estaban destinados al cumplimiento de fines universitarios y educativos.

Según la institución, el presunto perjuicio se articula en torno a dos elementos. El primero hace referencia al propio software y al conjunto de actuaciones destinadas a su desarrollo dentro de la cátedra extraordinaria. La UCM sostiene que ese activo pertenece a la universidad al haber sido financiado mediante aportaciones de entidades colaboradoras y recursos económicos propios.

El segundo elemento señalado afecta al trabajo realizado por personal al servicio de la universidad. La resolución considera que la actividad desempeñada por empleados públicos en el ejercicio de sus funciones también forma parte del patrimonio público susceptible de protección.

La Complutense aprecia igualmente indicios de que el software habría sido desviado al ámbito privado mediante el registro del dominio y de la marca a favor de la mercantil Transforma TSC, actuación que, según sostiene, se habría realizado sin conocimiento ni autorización de la universidad.

Por ello, cuantifica de forma provisional el perjuicio económico en 113.509,32 euros. Esa cantidad incluye tanto la pérdida de disponibilidad del software desarrollado con recursos públicos como el coste de las retribuciones abonadas al personal cuya actividad, de forma indiciaria, habría sido destinada a fines particulares.

Respecto a Cristina Álvarez, la UCM respalda la valoración realizada por la Audiencia Provincial, que aprecia indicios de una eventual responsabilidad como cooperadora necesaria del presunto delito de malversación. La resolución considera que su participación habría sido activa e indispensable en las gestiones relacionadas con el desvío del activo patrimonial hacia fines privados.

Según la Sala, con carácter indiciario, su intervención excedió las funciones propias del puesto que desempeñaba en la Presidencia del Gobierno y constituyó una colaboración esencial en las actuaciones atribuidas a la codirectora de la cátedra.

Por otra parte, el juez Juan Carlos Peinado ha concedido un plazo de tres días a las defensas de Begoña Gómez y Cristina Álvarez para que comuniquen si renuncian a la celebración de la audiencia preliminar sobre la apertura del juicio oral. Asimismo, les ha requerido para que presenten su escrito de defensa en el plazo de cinco días.

El pasado mes de junio ya se celebró una audiencia preliminar en la que comparecieron Gómez, Álvarez, el empresario Juan Carlos Barrabés, las acusaciones y la Fiscalía. Posteriormente, el magistrado acordó retirar el pasaporte a la esposa del presidente del Gobierno, medida que fue revocada por la Audiencia Provincial, órgano que también archivó los delitos de apropiación indebida y corrupción en los negocios.

Finalmente, la Fiscalía ha anunciado que presentará un escrito de conclusiones absolutorias. El Ministerio Público ha comunicado al juzgado que no formulará acusación y que presentará su escrito definitivo una vez conozca las pretensiones que pueda mantener la acusación popular unificada.

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