El Supremo sentencia al fiscal por el ’email’ y la nota: “No puede responder a una noticia falsa con un delito”

116

El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, “no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”, indicando que en este caso la revelación de secretos contra Alberto González Amador –novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso– lo fue tanto por la filtración del ’email’ clave como por la publicación de la nota de prensa.

La sentencia se ha conocido este martes, casi tres semanas después de que el tribunal que juzgó a García Ortiz adelantara el fallo por el que acordó condenarle a dos años de inhabilitación para el cargo y multa de 7.200 euros, así como a indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños morales.

García Ortiz dimitió el pasado 24 de noviembre, cuatro días después de comunicarse el fallo. Posteriormente, el Gobierno anunció que la fiscal de sala del TS Teresa Peramato era la candidata para relevarle como jefe del Ministerio Público.

Junto a la sentencia consta el voto particular de las magistradas progresistas Ana Ferrer y Susana Polo, que se han desmarcado de sus compañeros –Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamela–. Polo era la encargada de redactarla pero, dada su discrepancia, la tarea recayó en Martínez Arrieta. El cambio de ponente y la obligación de comunicarlo a las partes fue lo que propició que se avanzara el fallo, según fuentes jurídicas.

Tu opinión

Existen unas normas para comentar que si no se cumplen conllevan la expulsión inmediata y permanente de la web.

EM no se responsabiliza de las opiniones de sus usuarios.

¿Quieres apoyarnos? Hazte Patrón y consigue acceso exclusivo a los paneles.

Suscribir
Notificar de
116 Comentarios
Recientes
Anteriores Más votados

JuanjoAlon
JuanjoAlon(@juanjoalon)
Colaborador de campaña
6 meses hace

A mí la argumentación del fallo me parece ridícula, para ser sinceros. Pero si realmente le consideran culpable de lo que ha hecho, es algo muy grave, y la sentencia tendría que ser muy elevada, no esa cosa multa tan ridícula sin castigo penal y con un tiempo de inhabilitación mínimo. Cuesta de entender lo que ha pasado aquí, tanto la argumentación como la sentencia en sí.

Riaxo Riviera
Riaxo Riviera(@cddmt-cddmt)
Colaborador de campaña
6 meses hace

Dada la gravedad del delito la pena parece irrisoria.

topipe
topipe(@topipe)
Bot en RRSS
6 meses hace

Otro gran triunfo de la justicia “españolista”
Sólo hay que leer a la gentuzilla fascista defender una condena de este tipo.
A ver si es verdad que estamos en una dictadura como dicen estos flipaos? pero judicial, claro.

Triosse
Triosse(@triosse)
Miembro
Gurú demoscópico
6 meses hace

Ya leeré mañana lo que dice la prensa, porque no hay forma humana de leer y comprender más de 200 páginas de jerga jurídica en un par de horas. Eso si, ya puedo ir adelantando que a primera vista me parece bastante escandaloso que se le condene cuando no saben si fue él, u otra persona bajo sus órdenes, la que filtró el correo.

Galonnome
Galonnome(@galonnome)
Miembro de Ejecutiva
6 meses hace

“Bueno, con esto concluyo, que después de opinar, me retirare a leer la sentencia”

Esto o algo parecido, me suena de alguien

Último editado 6 meses hace por Galonnome
fanderubianes
fanderubianes(@patreon_36222350)
Miembro
Líder político
6 meses hace

Estaba cantado que no había ninguna prueba ni han acreditado nada. Decir que lo hizo el fiscal U OTRA PERSONA, es como si digo que fue Ayuso u otra persona.

Yo u otra persona llegamos a la luna en 1969. Y yo u otra persona descubrimos la penicilina.

jimmy1352025
jimmy1352025(@jimmy1352025)
Colaborador de campaña
6 meses hace

Hago un resumen de lo que viene a decir la sentencia.

No hay pruebas directas de que la filtración la hiciera el FGE, pero juntando algún pequeño indicio con el hecho de que nos lo queremos quitar del medio, decimos que no se nos ocurre nadie más que pudiera haberlo hecho (cuando hay decenas) y le condenamos. Pero como no queremos ser demasiado evidentes y condenar sin ninguna prueba, y ya habíamos dicho que la nota de prensa no era punible por si sola, vamos a mezclarlo todo un poco y decir que le condenamos por los dos hechos pero usando un delito con penas muchos más baja porque sabemos que no hay pruebas y solo le queremos imponer la inhabilitación justa y necesaria para quitárnoslo de encima. Porque previsiblemente, en dos años, que era lo que le quedaba de mandato, Sánchez ya no será presidente. Además, con esta condena ejemplar, lanzamos un mensaje público alto y claro, para quien sepa escuchar.

Último editado 6 meses hace por jimmy1352025
Eduardo
Eduardo(@eduardo-8)
Colaborador de campaña
6 meses hace

Se puede ser imbécil, lacayo y servil, pero hay un nivel superior: García Ortiz.

Ver nuevamente a la zurdería despachar majaderías y supurar azufre por este asunto es pura poesía.

Gatotoka
Gatotoka(@gatotoka)
Bot en RRSS
6 meses hace

Total, el objeto era que dimitiera el fiscal general por metodos rastreros, dado que el Constitucional le hubiera permitido seguir como Fiscal General hasta dentro de un año cuando decidiera que es inocente. 200 paginas de mondongo, que se podrian haber ahorrado solo dando la siguiente sentencia : “Dado que los magistrados del Supremo podemos literalmente matar a todos los habitantes sin que nadie pueda juzgarnos, dado que nos juzgamos a nosotros mismos, y somos ultramayoria, declaramos culpable al Fiscal General a tenor de los bien que nos paga o nos ha pagado el PP y las acusaciones particulares y populares . Nuestra lujosa vida merece la correspondiente sentencia que ellos requieran, como siempre a su servicio, señor Feijoo, firmado: Martinez Arrieta. Mercenario Jefe de la Sala de lo Penal.”

ElReaccionario
ElReaccionario(@elreaccionario)
Bot en RRSS
6 meses hace

A este paso , incluso la sede del PSOE , acabará siendo condenada.

Galonnome
Galonnome(@galonnome)
Miembro de Ejecutiva
6 meses hace

Otro indicio concluyente, que no prueba, es el borrado de datos en el.movil del sentenciado un dia despues de su imputacion………..“No tenemos ni puta idea el contenido de esos borrados, pero uhhummmmmm, esto huele mal”. ¡¡Anotalo Paco!!.

Si, un poquito de ironia si hay Pero desgraciadamente, esta apreciación la convirtieron en indicio y la consagraron como prueba concluyente.

¡¡Manda huevos!!

Último editado 6 meses hace por Galonnome
Histapol
Histapol(@histapol)
Bot en RRSS
6 meses hace

Sentenciados “el fiscal o alguien de su entorno” debido a un “cuadro probatorio sólido, coherente y concluyente”. Tan sólido, coherente y concluyente que no saben decir quién fue. Brillante. El derecho penal en su máximo esplendor.

Galonnome
Galonnome(@galonnome)
Miembro de Ejecutiva
6 meses hace

Según la sentencia, el tribunal no da fiabilidad a la declaracion de los periodistas, luego han cometido falso testimonio, luego deberían ser procesados.

Reino-de-Leon
Reino-de-Leon(@reino-de-leon)
Miembro de Ejecutiva
6 meses hace

Pues al final fue culpable por todo, no solo por la dichosa nota. Lo vergonzoso es que haya dos juezas, que se consideran progresistas, que antepongan la servidumbre a su partido frente a su obligación de impartir justicia. Vomitivo, asqueroso.

Duke
Duke(@duke)
Miembro
Líder político
6 meses hace

Vamos a ver que han hecho nuestros corruptos del Supremo:

Lo primero. Por que le condenan. Que dice la sentencia. Se ha condenado al jefe del ministerio público tanto por la filtración del correo del abogado de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso y procesado por fraude fiscal, como por la nota informativa emitida por la Fiscalía para desmontar la versión falsa que estaba lanzando el entorno de la presidenta madrileña sobre las negociaciones de la Fiscalía con González Amador.

Lo primero:

No pueden condenarle sólo por la nota de prensa. La cacicada hubiera sido de época y tan, tan idiotas no son. Hubieran vulnerado el derecho a un proceso con todas las garantías al fiscal, ya que el auto de procesamiento del Supremo delimitaba la instrucción al correo y dejaba fuera la nota de prensa. Decía que no es, por sí misma, delictiva.

Por lo que aunque el comunicado informativo no era delictivo por sí solo, dicen que sí lo era en ‘unidad de acto’ con la filtración del correo”.

No se han tirado al monte directamente condenándole sólo por la nota de prensa. Sabían que llevarían a la nulidad del juicio.

Lo segundo:

Lo importante. El correo. Vamos a ver lo que nuestros chicos con toga para todo han dicho.

“… permiten construir un cuadro probatorio sólido, que lleva necesariamente a afirmar, como hecho probado, que fue el acusado, o una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento, quien entregó el correo para su publicación en la Cadena SER.”

Sí, amigos. Volved a leerlo. “…que fue el acusado, o una persona de su entorno inmediato…”

Veamos. Condenan al fiscal, pero no están muy seguros. Así que reconocen que el delito lo ha podido cometer otra persona, que ni siquiera saben quiene es. La persona misteriosa.

xD

Toda la sentencia está llena de “tuvo que ser el Fiscal General”, “la única conclusión es que fue el fiscal general”, “todo apunta al fiscal general”, …

Pruebas sólidas. Muy sólidas. Puede que incluso haya un hombre misterioso en las sombras que no sabemos quien es.

—–

Respecto a las dos juezas con su voto particular. Muy claras. “No queda acreditado que sea el autor de la filtración”. Dicen que no hay ningún tipo de prueba. Ninguno. Creen que se vulnera su presunción de inocencia. Y atacan la resolución de los otros. Dicen que no entienden como pueden condenarle por esa supuesta filtración sin pruebas:

“a pesar de que no se describe, ni cómo, ni dónde, ni a través de qué medios tiene lugar su intervención directa o su conocimiento y colaboración con tercero. Tampoco se relata cómo el fiscal general pudo promover, realizar, ejecutar o llevar a efecto esa filtración o cómo pudo transmitir personalmente la información.”

Tampoco ven ningún tipo de delito en la nota de prensa cuando simplemente se estaba desmintiendo un bulo de un periódico.

——

Supongo que Fiscal recurrirá, y es tan, tan claro en la sentencia que los corruptos no tiene pruebas, que se pedirá la vulneración del derecho a la presunción de inocencia. El desarrollo argumental de las toguitas corruptas es tan chapucero cuando intentan justificar que son suficientes los hechos probados que dicen que cometió, teniendo en cuenta que no hay pruebas directas y sólo indicios por aquí y por allá, que seguramente lo tenga bastante fácil. 

Además, no olvidemos que el partido de vuelta se juega en el TC. Así que el ida lo ganó el PP por 5-2, pero es probable que el de vuelta lo gane el PSOE por 7-5. SI es que el Fiscal recurre.

Ciceron
Ciceron(@ciceron)
Bot en RRSS
6 meses hace

De todo este despropósito de filtración por el FGE y, de una lectura de la nota de prensa, me encanta la parte que habla del borrado del móvil y demás. Destacar este párrafo que me parece sublime:

Para la Sala, aun admitiendo que la prudencia del acusado fuera la que le llevara a borrar periódicamente sus correos, “lo que en modo alguno puede entenderse es que no preservara, de alguna manera, los correos relativos a los hechos a los que se contrae el presente procedimiento, conociendo que éstos constituían una prueba esencial de su inocencia. Así lo hizo el Sr. Lobato, con menos conocimientos jurídicos que el Sr. García Ortiz

Aunque, a sensu contrario, igual el Sr. Lobato tiene más conocimientos jurídicos que el FGE…

Y lo curioso es que al final, a Sánchez y cia les ha podido “el ansia viva” (como diría José Mota). Has gastado una bala por intentar perjudicar a Ayuso cuando con haber estado calladitos y que las cosas hubieran seguido el curso normal, al haber aceptado el acuerdo, el resultado hubiera sido el mismo que quería inferir (que el novio de Ayuso ha cometido una infracción fiscal) si necesidad de quedar como el culo.

Último editado 6 meses hace por Ciceron
Galonnome
Galonnome(@galonnome)
Miembro de Ejecutiva
6 meses hace

Osea, que la sentencia se ha consagrado a golpe de opiniones en tertulias.

Cualquiera que viera las declaraciones en el juicio, estará de acuerdo que el desparpajo de MAR y admitiendo su bulo basado en su “pelo blanco”, daba una imagen de mucha tranquilidad, así como cuando juegas en casa…………… Sabía que esto iba p’alante.

Último editado 6 meses hace por Galonnome
Hank Scorpio
Hank Scorpio(@hankscorpio)
Miembro de Ejecutiva
6 meses hace

Me leeré la sentencia (de 233 págs.) cuando tenga tiempo, pero la nota de prensa, que incluye un resumen de la sentencia, es brutal y desmonta concienzudamente todos los argumentos de quienes defendían la inocencia del FGE.

Tenéis ambas en la web del Poder Judicial:

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-notifica-la-sentencia-que-condena-por-revelacion-de-datos-reservados-al-fiscal-general-del-Estado-

Galonnome
Galonnome(@galonnome)
Miembro de Ejecutiva
6 meses hace

¡¡Ostia!!
Han reconocido el bulo de MAR.

Dale
Dale(@dale)
Miembro de Ejecutiva
6 meses hace

Los rumores eran ciertos, a ver si siguen sacando espuma por la boca los que decían que “si le sentencian por la filtración es lawfare golpista”, ahora que sabemos que no se le ha podido atribuir (aunque fuera más que evidente) la autoría de la filtración y solo se le ha condenado por la nota de prensa. Yo ya he visto reacciones de algunos sanchistas que a la vez se regozijan en que “no se haya podido demostrar la autoría de la filtración” (lo cual es de tener la cara de hormigón armado, porque el hijoputa claramente eliminó las pruebas con el famoso borrado) al mismo tiempo que ladran sobre que la sentencia es lawfare y “un golpe contra la democracia”.

Y de aquí pasaremos al hermanísimo, la churri, y demases que también son obviamente culpables pero nuestros sanchistas y filosanchistas seguirán defendiendo hasta la muerte.

Patrón VIP MensualMás información
Beneficios exclusivos: Acceso completo: adelanto de los paneles horas antes de su publicación en abierto, panel para generales: (desglose de escaños y voto por provincias y partidos, mapa del partido ganador por provincias), electoPanel autonómico quincenal exclusivo, sección exclusiva para Patrones en El Foro y electoPanel especial VIP mensual exclusivo.
3,5€ al mes
Patrón VIP TrimestralMás información
Beneficios exclusivos: Acceso completo: adelanto de los paneles horas antes de su publicación en abierto, panel para generales: (desglose de escaños y voto por provincias y partidos, mapa del partido ganador por provincias), electoPanel autonómico quincenal exclusivo, sección exclusiva para Patrones en El Foro y electoPanel especial VIP mensual exclusivo.
10,5€ por 3 meses
Patrón VIP SemestralMás información
Beneficios exclusivos: Adelanto de los paneles horas antes de su publicación en abierto, panel para generales: (desglose de escaños y voto por provincias y partidos, mapa del partido ganador por provincias), electoPanel autonómico quincenal exclusivo, sección exclusiva para Patrones en El Foro y electoPanel especial VIP mensual exclusivo.
21€ por 6 meses
Patrón VIP AnualMás información
Beneficios exclusivos: Acceso completo: adelanto de los paneles horas antes de su publicación en abierto, panel para generales: (desglose de escaños y voto por provincias y partidos, mapa del partido ganador por provincias), electoPanel autonómico quincenal exclusivo, sección exclusiva para Patrones en El Foro y electoPanel especial VIP mensual exclusivo.
35€ por 1 año

Contacta con nosotros

116
0
Would love your thoughts, please comment.x
?>