La situación provisional de Gibraltar se prorroga hasta el 31 de octubre

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la prórroga por cuatro meses, hasta el 31 de octubre, de tres medidas de adaptación al Brexit para “evitar disrupciones” que puedan perturbar a ciudadanos españoles y británicos hasta que se alcancen acuerdos con el Reino Unido sobre las materias contempladas. Esta decisión viene motivada por los retrasos en la negociación con los británicos de los temas pendientes, y, sobre todo, por la situación de Gibraltar, para el que se llegó a un acuerdo in extremis a pocos días del 31 de diciembre de 2020 (fecha definitiva del Brexit) con el compromiso (que no se podrá cumplir) de dejar cerrados los detalles el 30 de junio de 2021.

Según ha explicado Exteriores en un comunicado, la extensión aprobada afecta únicamente a la asistencia sanitaria de trabajadores transfronterizos, al reconocimiento de carnés de conducir y a las homologaciones de títulos, que expiraban el próximo 30 de junio.

España aprobó el pasado 29 de diciembre el Real Decreto-Ley 38/2020, por el que se adoptaban medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido tras la finalización del período transitorio y de cara a la preparación frente a las posibles consecuencias que pudiera tener la salida de Reino Unido de la Unión Europea (Acuerdo de Retirada).

Tarifa, Algeciras, el campo de Gibraltar y el propio peñón, de un lado, y Tánger y Ceuta, al otro lado del estrecho

En base a esto, se prorroga el artículo 11, sobre acceso a la asistencia sanitaria, con el fin de seguir contando con la base jurídica necesaria para continuar facturando, por parte de España, los costes de la asistencia sanitaria prestada, con cargo a Gibraltar, a los trabajadores transfronterizos que residen en España y trabajan en dicho territorio.

Todo ello, mientras no entre en vigor el futuro Acuerdo de la Unión Europea con el Reino Unido sobre Gibraltar, que en la actualidad se está preparando y que se prevé que incluya la coordinación en materia de seguridad social y el acceso a la asistencia sanitaria.

Por otra parte, el artículo 15, que fija un periodo transitorio durante el que los titulares de un permiso de conducción expedido por las autoridades británicas pueden seguir conduciendo en España, también será prorrogado durante cuatro meses.

Asimismo, actualmente se está impulsando la negociación de un acuerdo entre España y Reino Unido para regular el reconocimiento mutuo de carnés de conducir, por lo que, en tanto se acuerdan los requisitos y procedimientos para dicho reconocimiento, se considera necesario prorrogar el plazo de validez de los permisos británicos en España.

Artículo elaborado por EM a partir de la información suministrada por Europa Press

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