Rodrigo Rato, absuelto por la salida a Bolsa de Bankia

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado absolver a los 34 acusados en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia, entre ellos el expresidente de la entidad y del FMI, Rodrigo Rato, por delitos de estafa a los inversores y falsedad contable.

La descripción de hechos concretos y suficientemente acreditados atribuidos a los acusados, susceptible de ser incardinados en las previsiones típicas del delito de falsedad contable en concurso de normas con el delito de estafa a los inversores, brilla por su ausencia”, recoge la magistrada Ángela Murillo en su sentencia, en referencia a los acusados Rodrigo de Rato, José Luis Olivas, José Manuel Fernández Norniella, Ildelfonso Sánchez Barcoj y Francisco Celma.

También establece, respecto a los miembros de los comités de auditorías de BFA y Bankia Acebes Paniagua, Bedía Pérez, García-Fuster y Gonzalez-Alegre, Rojo Izquierdo, Ibáñez González y Mora Enguídanos, que “la existencia de una total ausencia del más mínimo sustento probatorio necesario para apoyar “semejante acusación” le parece “clamorosa”.

Según añade, no se detalla ni un solo dato que pueda conducir a albergar siquiera la mera creencia fundada de que estos acusados hicieron dejación de sus funciones, impidiendo con tal proceder la función a desarrollar por el auditor externo y con ello el afloramiento de los deterioros que pretendían mantener al margen de su registro contable, actuando dentro de un plan ideado por el Interventor General de BFA y Bankia Sergio Durá y el auditor interno de ambas entidades Miguel Ángel Soria.

En definitiva, declara la ausencia de actos concretos atribuidos a los acusados. Según el tribunal, esa falta de menciones concretas a las personas que se sentaban en el banquillo fue nota predominante durante el juicio y así se establece en la sentencia.

Resulta destacable la ausencia de menciones específicas a las personas acusadas, que se sentaron en el banquillo destinado para ellos, por parte de los numerosos testigos que, después de haber prestado exhaustivas declaraciones en fase de instrucción, lo volvieran a hacer en juicio, y también por parte de los peritos, o de referencias documentales de contenido incriminatorio”, recoge el fallo.

En esta línea, cuestiona el cambio de postura del Ministerio Público, que dirigió su acusación al final del proceso hacia los miembros de las comisiones de auditoría y cumplimiento de BFA y Bankia, a las que no había acusado en un principio. “No sabemos a ciencia cierta en base a qué obedeció tal cambio de postura”, apostilla.

PROCESO “INTENSAMENTE SUPERVISADO” POR LAS ENTIDADES REGULADORAS

El fallo, que consta de más de 400 páginas, destaca que la salida a Bolsa contó con la aprobación de todos los supervisores, que el folleto contenía una “amplia y certera” información financiera y no financiera y destaca que en el juicio solo se expusieron actitudes genéricas de los acusados y no actos concretos.

Así, la magistrada señala que “resulta evidente a todas luces” que el proceso que culminó con la salida a Bolsa de Bankia fue “intensamente supervisado” con éxito por el Banco de España, la CNMV, el FROB y la Autoridad Bancaria Europea, contando en definitiva con la aprobación de todas las instituciones.

Para defender esta deducción, Murillo hace suyas las declaraciones de la fiscal, Carmen Launa, en las conclusiones provisionales del caso en las que decía que la información financiera “no puede calificarse materialmente de falsa en la medida en que no vulneraba la normativa entonces vigente y cumplieron las exigencias del regulador, que llegó a autorizar expresamente algunas decisiones contables aunque no contribuyeron a que la imagen fiel de la entidad luciera adecuadamente”.

En cuanto a la información no financiera suscrita, la sentencia indica que se describen hasta 36 riesgos a la inversión en acciones de Bankia que eran destacados en el primer punto del resumen de su contenido, cuya descripción era “exhaustiva, clara y que cualquiera entendería”.

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