Fiscalía pide la absolución de David Sánchez y Gallardo en el juicio por la contratación en Diputación de Badajoz

La Fiscalía ha abogado por una sentencia absolutoria de David Sánchez y Miguel Ángel Gallardo en el juicio que se sigue por la contratación del hermano de Pedro Sánchez en la Diputación de Badajoz, conforme al escrito de conclusiones provisionales elevado a definitivas la pasada semana.

Así lo ha manifestado la fiscal del caso, Begoña García Boró, quien considera que, a la vista de la instrucción practicada, de los datos objetivos incorporados a las actuaciones y de la prueba desarrollada durante el juicio, no ha quedado acreditada la concurrencia de los tipos penales por los que se acusa a los encausados. En este sentido, ha subrayado que ninguna de las pruebas practicadas ha desvirtuado el principio de presunción de inocencia.

La representante del Ministerio Público se ha pronunciado de esta forma durante el trámite de informe final en el juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de Badajoz por la contratación de David Sánchez Pérez-Castejón en la Diputación de Badajoz en el año 2017. Durante su intervención, ha recordado la jurisprudencia fijada por una sentencia del Tribunal Supremo de 2020, que considera fundamental para este procedimiento y que establece que no puede producirse una modificación esencial del objeto del proceso delimitado por el hecho punible.

Por ello, García Boró ha defendido que, de acuerdo con la doctrina reiterada del Tribunal Supremo, no cabe una alteración subjetiva que conduzca a la determinación de nuevas personas responsables, tal y como, a su juicio, habría ocurrido en las conclusiones provisionales presentadas por algunas acusaciones populares.

Asimismo, la fiscal ha criticado que las acusaciones no hayan cumplido con lo establecido en el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que exige que los escritos de acusación se formalicen mediante hechos concretos y debidamente numerados. Según ha expuesto, en las conclusiones definitivas presentadas se incorporan no solo nuevas valoraciones jurídicas, sino también hechos nuevos y apreciaciones surgidas durante la propia celebración del juicio.

En este contexto, ha señalado que en los escritos de acusación se introducen elementos que exceden la mera calificación jurídica de los hechos inicialmente descritos. Incluso ha indicado que, a su juicio, la estructura de las conclusiones dificulta la identificación precisa de los hechos con relevancia penal, motivo por el cual ha reiterado su petición de sentencia absolutoria para todos los acusados.

Respecto al fondo del procedimiento, la fiscal se ha referido al planteamiento de las acusaciones populares, que sostienen que el entonces presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, junto con la exdiputada Cristina Núñez y la exdirectora del Área de Cultura Elisa Moriano, impulsaron la creación del puesto de coordinador de actividades de los conservatorios con la finalidad de que fuera ocupado por David Sánchez.

Sin embargo, García Boró ha recordado las declaraciones de los agentes de la UCO, quienes manifestaron durante la investigación que se desconoce quién impulsó o promovió inicialmente la creación del puesto de trabajo. Según la fiscal, la información recopilada no permite determinar qué personas intervinieron o influyeron decisivamente en dicha iniciativa.

Además, ha destacado que el puesto objeto de controversia ya había existido anteriormente y había sido desempeñado hasta el año 2010, cuando se produjo la separación de los conservatorios. También ha precisado que estos centros dependen de la Diputación de Badajoz en los ámbitos administrativo, económico y de personal, mientras que la Junta de Extremadura mantiene las competencias académicas.

La fiscal ha señalado igualmente que el único reparo relevante detectado durante la tramitación se produjo cuando se conoció una versión inicial del organigrama en la que los directores de los conservatorios aparecían subordinados al coordinador. Posteriormente, dicho planteamiento fue modificado. Asimismo, ha repasado el proceso de creación de la plaza como puesto de alta dirección, indicando que este tipo de cargos no requiere seguir las bases de un procedimiento ordinario ni pasar necesariamente por determinados órganos de negociación.

En relación con las críticas formuladas por las acusaciones sobre la existencia de dos actas distintas en el proceso de selección, García Boró ha negado tal circunstancia. Según ha explicado, existe un acta relativa a la valoración de méritos y otra en la que se reflejan los candidatos que reunían las habilidades necesarias para optar al puesto, sin que ello suponga ninguna irregularidad.

Finalmente, la fiscal ha concluido que, para sostener una acusación por prevaricación administrativa, resulta imprescindible concretar cuál ha sido la vulneración de la legalidad y qué norma concreta habría sido infringida. A su juicio, tras analizar el escrito de acusación, no se delimita con precisión cuál habría sido ese supuesto desbordamiento de la legalidad administrativa, motivo por el que mantiene su petición de absolución.

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